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20 de Marzo de 2018
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Para el Superior, es "inadmisible" que los magistrados hagan paro

Duro documento del STJ, el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Pública.

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Es contra la decisión de la Asociación de Magistrados de hacer paros de 15 minutos. los magistrados y funcionarios no son solamente integrantes del Poder Judicial, son el Poder Judicial, y en ese marco de responsabilidades, resulta inadmisible que un Poder del Estado haga huelga o discontinúe su actividad. Es necesario que el servicio de Justicia no sea suspendido, garantizándose la actividad y no obstaculizándose el derecho constitucional de acceso a la Justicia".

 

Les recuerdan a los magistrados el artículo 162 de la Constitución Provincial, que determina de manera concluyente que “el Poder Judicial es ejercido por un Superior Tribunal de Justicia, un Procurador General, un Defensor General, Jueces, Letrados, Jurados y demás funcionarios judiciales, con la denominación, competencia material, territorial y de grado que establecen esta constitución y las leyes orgánicas”.

 

"Por lo tanto -dice el comunicado de las máximas autoridades del Poder Judicial-, los magistrados y funcionarios no son solamente integrantes del Poder Judicial, son el Poder Judicial, y en ese marco de responsabilidades, resulta inadmisible que un Poder del Estado haga huelga o discontinúe su actividad. Es necesario que el servicio de Justicia no sea suspendido, garantizándose la actividad y no obstaculizándose el derecho constitucional de acceso a la Justicia".

 

Y agrega el texto: "Somos conscientes de la grave situación que afecta a todo el Poder Judicial en general con la demora en el pago de los haberes, inclusive a quienes esto comunican. En tal sentido, se han hecho y se seguirán haciendo todas las gestiones que sean necesarias para corregir lo antes posible la difícil situación por la que atravesamos. Sólo a título de ejemplo se han cursado reclamos al Gobernador, al Ministerio Coordinador y al Ministro de Economía; se han mantenido reuniones con las autoridades del Banco Provincia en el intento de que se contemplen las fechas de vencimiento de las obligaciones contraídas por los miembros del Poder Judicial."

 

"Sin embargo, no podemos dejar de advertir que la condición de magistrados o funcionarios judiciales nos impide hacer huelga, retención de servicios o suspender en modo alguno el cumplimiento de nuestras funciones. El derecho de intangibilidad que otorga garantías a magistrados y funcionarios, también conlleva importantes e ineludibles obligaciones. Una de ellas es garantizar el funcionamiento pleno de la Justicia", conluye el comunicado.

 

 

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