12 de Junio de 2018
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“En defensa de la educación de los niños”: pedido de padres para que dicten clases

Un grupo de padres presentó una nota para que se restablezcan las clases.

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Durante la mañana de este martes 12 de junio, un grupo de padres de alumnos de diversos establecimientos de Esquel se presentaron en Fiscalía para entregar un escrito firmado por más de 150 personas, solicitando que se reestablezcan las clases con horario normal y completo. “Quisimos presentarlo cuanto antes, por eso no hubo tiempo de juntar más firmas”, explicaron Amalia y Elizabeth.

 

“Estamos representando a más de 150 padres que firmaron la nota donde pedimos el derecho del niño a volver a las aulas a tiempo completo. No estamos en contra de los docentes ni contra el paro, estamos haciendo valer el derecho de otras personas, especialmente de los niños. Que la responsabilidad quede entre el gremio de los decentes y el gobierno que nos representa, pero que los chicos vuelvan a clase en tiempo completo. El único perjudicado es el niño”, manifestó Amalia.

 

Por su parte Elizabeth, otra de las mamás que acompaña esta solicitud, indicó que “no son solamente papás los que firman esta nota, son abuelos, tíos, personas que no tienen hijos pero que comparten lo que estamos solicitando. Se ha vulnerado al chico, no lo han tenido en cuenta, eso estamos peleando, que el chico vuelva a la escuela. Sin estudios no somos nada. Los chicos no tienen voz, nosotros si como padres. Tenemos que pelear y salir a la calle”.

 

El detalle del escrito presentado:

 

"Esquel, 04 de junio de 2018.-

 

Dr. Hugo Sánchez
Asesor de Menores
Esquel- Chubut

 

Defensoría del Pueblo
Sede Esquel.
Defensora Adjunta
Dra. Davies

 

Consejo deliberante
Lic. Jorge Junyent
Esquel- Chubut

 

De nuestra mayor consideración:
Los abajo firmantes, padres y familiares de alumnos de instituciones educativas públicas de nivel inicial, primario y secundario de la ciudad de Esquel, queremos compartir nuestra preocupación por la falta de acuerdo entre el gobierno provincial y gremio ATECH quien representa los docentes, dado que esto genera medidas de fuerza que implican desde el paro total de actividades, la retención de servicios en el lugar de trabajo o dar unas pocas horas de clase y el resto, ocuparlas en asamblea docente.
Se trata de una omisión por parte del Poder Ejecutivo, que lesiona de manera arbitraria y actual el derecho fundamental a la educación de niños, niñas y adolescentes.
Comprendemos, reconocemos el derecho del trabajador a reclamar tal como la establece nuestra Constitución Nacional en su Artículo 14 bis (derecho a huelga), pero vemos en la modalidad elegida, ha vulnerado el “derecho a educación” de todos los niños, niñas y adolescentes que no tiene más voz que la nuestra, su familia. Este derecho a la educación también posee rango constitucional, y al encontrarse ambos confrontados, indudablemente prima el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.
Dejamos en claro que no estamos en contra de su reclamación, entendemos que los docentes también poseen derechos, los cuales es el Estado Provincial el encargado de cumplirlos, pero solicitamos que busquen otras alternativas para ejercer éste derecho que ellos consideran vulnerado, y así nuestros niños puedan volver a clases.
Debe tenerse presente que el “derecho a la educación” como derecho humano fundamental es el género, resultando el “derecho a aprender” la especie dentro de aquel, y ambos resultan vulnerados por la omisión de los deberes que el ordenamiento jurídico, pone en cabeza del Estado Provincial.
El derecho a la educación está íntimamente vinculado al pleno desarrollo de las personas, ya que incide decisivamente en las oportunidades y en la calidad de los individuos, las familias y las colectividades. 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 26 dispone, “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria”.
La Convención Internacional sobre los Derechos de Niños y Niñas, en su artículo 3.1 establece: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
De igual modo, la CDN en su artículo 28 consagra el Derecho a la Educación: 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos; b) Fomentar el desarrollo en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad; c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos medios sean apropiados; d) Hacer que todos los niños dispongan de información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales y tengan acceso a ellas; e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar. 
2. Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar porque la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño y de conformidad con la presente Convención. 
3. Los Estados Partes fomentarán y alentarán la cooperación internacional en cuestiones de educación, en particular a fin de contribuir a eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el mundo y de facilitar el acceso a los conocimientos técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. A este respecto, se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo.
En su artículo 29, 1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a: a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental, física del niño hasta el máximo de sus posibilidades; b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas; c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya; d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena; e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural. 2. Nada de lo dispuesto en el presente artículo o en el artículo 28 se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares y de las entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 del presente artículo y de que la educación impartida en tales instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado.
Por último, como es de dominio público, en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, la semana pasada se presentó ante la Juez de Familia a cargo del Juzgado de Familia Nº 1, un recurso de amparo declarándose su admisibilidad, y dándole tal como lo amerita la compleja situación, tratamiento urgente la medida cautelar, que obligó en al gremio docente a comenzar, una vez notificados, con el dictado regular del ciclo lectivo 2018, asimismo, al Poder Ejecutivo de presentar alternativas superadoras para finalizar de una vez por todas con los conflictos gremiales, y abordar a un acuerdo que sea contributivo para ambas partes. Dicho fallo es el primer antecedente en toda la provincia, pero confiamos en que no sea el último. 
En virtud de todo lo expuesto, solicitamos a ustedes arbitren los medios necesarios para restablecer éste derecho vulnerado tan importante y esencial en la vida de todos los niños, niñas y adolescentes, como es el “derecho a la educación”, Asimismo, se presenten alternativas superadoras que tengan como objetivo recuperar los días de clases perdidos en éste ciclo lectivo, en cuanto ello supone un daño irreparable para ellos, ya que no han adquirido los contenidos mínimos de aprendizaje.
Quedando a la espera de una pronta respuesta, y esperando se considere la situación por la que se encuentra atravesando toda la ciudad de Esquel, saludamos a usted muy atentamente"

 

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