RED43 elecciones justificarno emisiónno votovotareleccionescomicios 07 de Abril de 2019 07 de Abril de 2019 elecciones | Hace 5 años - Por Redacción Red43 Elecciones Cómo justificar la no emisión del voto ¿No podés ir a votar? Te informamos cómo justificar la no emisión del voto y evitar la multa. Por Redacción Red43 Escuchar esta nota A+ A- Te informamos qué hacer en las distintas situaciones en que no podés dirigirte a tu lugar de votación, ya sea por distancia, problemas de salud o falta de DNI. En caso de no figurar en el padrón La persona puede hacer un reclamo ante la Justicia Electoral. En Chubut, puede ser por teléfono al 0280-4484376 o 0280-4484376; o por correo electrónico a cualquiera de los siguientes: jfrawson.secelectoral@pjn.gov.ar, sec.electoral@gmail.com, jfrawson.secelec-reclamos@pjn.gov.ar. En caso de no tener el DNI El ciudadano deberá presentar la constancia de DNI en trámite o la denuncia policial de extravío (de fecha anterior a la elección). En caso de encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia La persona deberá ir a la comisaría o institución policial más cercana, que extenderá una certificación escrita. En caso de estar enfermo El ciudadano deberá obtener una constancia de médicos del servicio de sanidad nacional; de médicos oficiales, provinciales o municipales; o de médicos particulares. Dónde presentar la constancia La constancia se puede presentar personalmente en la Justicia Nacional Electoral con el comprobante o por internet, a través de https://infractores.padron.gob.ar/. Allí, podrán ver si figura la ausencia y subir la constancia que corresponda en formato PDF. En ese mismo sitio, se pueden ver infracciones anteriores y descargar los comprobantes de pago de multas. También podrán hacer reclamos en caso de que aparezca una infracción que no corresponda. La multa Siempre y cuando se justifique una razón válida para no ir a votar, no habrá ningún tipo de multa y la persona será quitada del registro de infractores. Cuando no se vote y no haya justificación para uno de los actos electorales (PASO o generales) la multa será de $50. El monto de la segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la primera infracción. Quienes figuren como infractores en ambas votaciones deberán pagar una multa de $150. La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro. ¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA? 99 37 {{positivos}} {{negativos}} Ocurrió un error