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15 de Mayo de 2019
turismo |

Concurso para instalar Foodtruks en La Hoya

Apertura a cargo de la empresa concesionaria del cerro

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Como ya es de público conocimiento, la empresa Don Otto en la concesionaria del Centro de Actividades de Montaña La Hoya. 

 

En las últimas horas, desde la empresa, abrieron un concurso privado de propuestas y servicios de Foodtruck en el cerro (cota 1650).

 

El plazo de la concesión, es durante la temporada invernal 2019. La fecha de apertura y cierre de temporada serán informadas una vez definidas, con al menos 15 días de anticipación al comienzo de la temporada.

 

FECHA LIMITE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS: 24 DE MAYO DE 2019 A LAS 17 HS.

 

El presente documento expone las Bases y Condiciones del Concurso Privado de Propuestas (en adelante, EL CONCURSO), que se llevará a cabo para la selección de prestadores para la Concesión del servicio de Gastronomía en la Cota 1650. Cabe destacar que el siguiente procedimiento de contratación no reviste el carácter de una licitación vinculante; consecuentemente la evaluación de las propuestas quedará a exclusivo criterio del Concedente. La presentación de las Propuestas implicará la aceptación y el conocimiento por parte de los Proponentes de la totalidad de los términos y condiciones del presente proceso de Contratación privada.

 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Los oferentes deberán presentar sus Propuestas de forma escrita, enviándolas por correo electrónico a la siguiente dirección: infolahoya@viacorreo.com.ar, hasta la fecha limite mencionada anteriormente. En las mismas deberán detallarse todos los puntos requeridos para su evaluación, conjuntamente con toda información y/o documentación adicional que cada proponente considere oportuno informar y/o acompañar. Asimismo, las ofertas deberán ser suscriptas en todas sus fojas por el representante legal o apoderado del proponente (en caso de ser una persona jurídica), o por el interesado en forma directa y/o su apoderado –en caso de corresponder-, debiendo informar informando una dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto.

 

En las propuestas presentadas podrá adjuntarse material fotográfico, folletería y cualquier otro elemento que el oferente considere apropiado para la evaluación de su oferta. CONSULTAS: El Concedente podrá comunicar a todos los oferentes todas las solicitudes de información y/o documentación y/o aclaraciones y/o consultas generales o puntuales que considere pertinentes con relación a la concesión propuesta y/o las ofertas presentadas por éstos. En tal sentido, los interesados y/u oferentes deberán remitir sus respuestas y/o consultas a la siguiente dirección de correo electrónico: infolahoya@viacorreo.com.ar. En este sentido, cabe destacar que las consultas efectuadas por el Concedente, como asimismo las respuestas remitidas por los oferentes y/o sus consultas y/o las informaciones precisadas y/o los documentos acompañados, formarán parte integrante del contrato comercial que vincule a ambas partes.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Y PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

 

1- Datos y documentación de los Proponentes: a. En caso de ser personas físicas: i. Nombre/s completo/s. ii. Copia del DNI y constancia del CUIL/CUIT. iii. Declaración Jurada de Domicilio, debiendo constituir un domicilio especial en la ciudad de Esquel. iv. Datos de contacto (Domicilio, teléfono y correo electrónico). v. Informe Veraz, Nosis o similar a la fecha de la presentación de la propuesta de cada uno de los oferentes. b. En caso de ser una persona jurídica. i. Estatuto o Contrato Social de la Sociedad que se trate certificado y/o legalizado, según corresponda. ii. Nómina de accionistas o cuotapartistas. iii. En caso de ser una Sociedad Anónima, ultima designación de autoridades y distribución de cargos vigente a la fecha de presentación de la oferta. iv. Constancia de CUIT. v. Copia de los Últimos dos Estados Contables certificados por Contador Público.

 

vi. Datos de contacto (Domicilio, teléfono y correo electrónico). En caso de que la sociedad no tenga domicilio en Esquel, deberá constituir un domicilio especial a los efectos del presente Concurso. Para ambos casos, el domicilio deberá ser fijado en carácter de Declaración Jurada. vii. Copia del Poder otorgado al firmante de la propuesta, o en caso de ser firmada por el representante legal, copia certificada de la última distribución de cargos y designación de autoridades. viii. Informe Veraz, Nosis o similar a la fecha de la presentación de la propuesta de cada uno de los oferentes.

 

2- Antecedentes del interesado en la actividad, detallando años de experiencia en el rubro, capacitación recibida al respecto, concesiones a cargo (actuales o pasadas en este rubro), etc.

 

3- Antecedentes del interesado en relación a concesiones anteriores dentro del CAM La Hoya u otros centros de actividades de montaña o esquí de similar o mayor magnitud, detallando qué servicios tuvo a su cargo -por sí o a través de sociedades comerciales de las cuales formó parte anteriormente, debiendo indicar período de tiempo y causales de terminación de la relación contractual/comercial con la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO) CHUBUT u las autoridades provinciales o municipales que correspondan. Adicionalmente, deberá indicar si tuvo o tiene a la fecha (a título personal o por medio de sociedades de las cuales forma o formó parte) causas judiciales con CORFO originados por actividades en el CAM La Hoya, detallando los motivos del mismo y la resolución obtenida en caso de corresponder.

 

4- Canon ofrecido al Concedente, debiendo consignar el oferente un monto total de Canon por la Temporada invernal 2019, el que deberá integrarse totalmente en efectivo.

 

VISITA AL CAM: Con carácter previo a la presentación de las Propuestas, Los interesados deberán realizar una visita a los espacios físicos que se destinarán para cada servicio, debiendo para ello solicitarla previamente a la siguiente dirección de correo electrónico: nherrera@viacorreo.com.ar, debiendo dejar constancia de su visita mediante Acta suscripta por el interesado (sea éste una persona física, o en caso de ser una persona jurídica, por su representante legal o apoderado con facultades suficientes) en la que deberán constar la fecha de visita, horario y la aceptación de las condiciones del espacio destinada para este tipo de servicio, dejando expresa constancia que su aceptación resulta ser “en las condiciones que se encuentra”.

 

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN: El Concedente informará a todos los oferentes el resultado de la propuesta más conveniente, sin obligación de publicar y/o dar cuenta de los motivos de la elección realizada. En tal sentido, los oferentes no tendrán derecho a recurrir y/o reclamar de manera extracontractual, contractual, legal o judicial por el resultado de dicha evaluación. MEJORA DE OFERTA: En todos los casos, El Concedente podrá solicitar a todos los oferentes que realicen mejoras cualitativas y/o cuantitativas sobre las ofertas presentadas.

 

EL CONTRATO: Una vez definido el/los Concesionario/s por parte del Concedente, se procederá a la firma del Contrato de Concesión por el plazo arriba indicado. Se acompaña el MODELO DE CONTRATO a ser suscripto entre Concedente y Concesionario, dejando expresa constancia que se trata de un modelo orientativo, que podrá ser modificado con carácter previo a su suscripción, conforme a los requisitos, condiciones o necesidades formuladas por el Concedente y/o sugeridas por la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO). Por último, se deja expresa constancia que más allá de que el Modelo de Contrato que se acompaña a la presente sea meramente orientativo, los Proponentes deberán presentar sus propuestas debiendo cumplimentar con las formalidades y requisitos allí establecidos, a los efectos de que las mismas sean consideradas favorablemente.

 

CONDICIONES PARTICULARES DEL CONCURSO

 

El servicio a ofrecer consta de módulos móviles de oferta de comidas y/o bebidas en la Cota 1650, en los alrededores de la actual Escuela de Esquí. La cantidad de móviles a disponer será potestad del Concedente y surgirá del análisis de las ofertas recibidas, del espacio que insuma cada vehículo ofrecido como así también del análisis que se haga sobre el aprovechamiento del espacio, priorizando siempre la seguridad y la comodidad del publico esquiador. El CAM constará de un espacio acondicionado como Comedor en la actual Escuela de Esquí, que resultará de uso común para todos los clientes de los Food Trucks que se instalen en su exterior. Ese espacio, incluyendo los sanitarios, deberá ser mantenido, conservado e higienizado de forma diaria en forma conjunta por todos los prestadores que resulten seleccionados y a su exclusivo cargo, debiendo disponer del personal y medios necesarios para realizar tales tareas. Previo a la selección de propuestas, El Concedente realizará una inspección ocular a los móviles ofrecidos, a fin de verificar la información indicada en la Propuesta realizada. Independientemente de los requisitos establecidos en las CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO, los interesados deberán incluir en su propuesta: a. Descripción técnica detallada del carro que ofrecen (dimensiones, peso, fotografías desde todos sus ángulos, folletos, y demás información y/o documentación que cada oferente estime conducente.), tanto del interior como del exterior. b. Detallar la superficie total necesaria para su correcta instalación. c. Formas y medios de cocción, preparación y/o calentamiento de alimentos. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines. d. Formas y medios de conservación de alimentos frescos y bebidas. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines. e. Formas y medios para el abastecimiento de agua en el carro a fin de mantener la higiene de los elementos y alimentos que se ofrezcan. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines. f. Detalle de los equipos de extracción de humos en caso de corresponder. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines.

 

g. Material de aislación térmica que poseen en paredes y techo. h. Posibilidades de anclaje del carro al terreno, considerando los fuertes vientos que pueden afectar la zona. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines. i. Descripción y detalle del depósito de aguas residuales. Detallar equipamiento disponible o a ser adquirido a tales fines. j. Descripción del tipo de comida y/o bebida a ofrecer, adjuntando una carta modelo con todos los productos. k. Listado de precios estimativos para cada producto. l. Cantidad de personal destinado a la atención al público separando entre días de semana, fines de semana, temporada alta y fines de semana largo. m. Copia de la Habilitación provincial o municipal correspondiente, la cual debe mantenerse vigente hasta el último día de finalización del servicio. Condiciones mínimas de servicio y de contratación: a. Se debe brindar atención durante todo el horario que permanezca abierto el CAM todos los días de la temporada. b. Deben ofrecerse medios de pago electrónico (tarjeta de débito y crédito). Esta condición queda sujeta a la disponibilidad de conectividad a internet en ese sector. c. Los food trucks deben estar disponibles para ser ubicados en su lugar no más allá del 10 de junio de 2019. Su acarreo desde la Base hasta la Cota 1650 será a costa, cargo y riesgo del Concesionario. d. Las dimensiones de los fodd trucks deben ser aptas para que puedan ser acarreados hasta la Cota 1650 por el camino denominado “Guanacos”. e. Todos los food trucks deberán mantener condiciones estéticas, mantenimiento, funcionamiento adecuado y correcto estado de conservación durante toda la temporada. f. Cada food truck deberá contar con un espacio de almacenamiento adecuado para los productos alimenticios, debidamente separado de otros productos no alimenticios, evitando siempre el contacto con el suelo. g. El Concedente podrá realizar todas las inspecciones que considere oportunas durante la temporada. h. El personal de cada puesto deberá poseer un uniforme que se identifique con cada Food Truck y asimismo deberá ser acorde a las condiciones climáticas de montaña.

 

 

La adquisición o el alquiler de tales uniformes será a costa y cargo de cada concesionario. i. Todos los Concesionarios deberán dar cumplimiento a todas las obligaciones legales, fiscales, y de higiene y seguridad que correspondan, siendo totalmente responsables de las multas y/o sanciones que puedan recibir por parte de la autoridad de contralor. Asimismo, deberán responder a su costo y cargo ante cualquier autoridad municipal y/o provincial y/o CORFO, si éstos efectuaren cualquier tipo de Acta de Comprobación, Constatación o Infracción por cualquier contravención a la normativa de seguridad, salubridad o higiene actualmente vigentes, debiendo garantizar la indemnidad de El Concedente por tales reclamos, tanto en sede administrativa como en sede judicial, en cualquier instancia y jurisdicción. j. Cada Concesionario deberá contratar y mantener vigentes los seguros que se exijan en el contrato de concesión. k. Cada Concesionario será el responsable de la manipulación y gestión adecuada de los residuos sólidos, líquidos y secos, debiendo mantener la higiene de su puesto de venta y del espacio común, el cual deberá encontrarse en perfectas condiciones.

 

 Foto de archivo

 

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