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Interesante Proyecto para mejoramiento y conservación de veredas

Presentado por el Ejecutivo Municipal. Se proyecta la construcción o mejoramiento de veredas y de tal forma fomentar la generación de empleo y la actividad comercial. Habrá descuentos y financiación para frentistas.

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El poder ejecutivo municipal envió al Concejo Deliberante un interesante proyecto para establecer un plan de mejoramiento y conservación de veredas de nuestra ciudad.

 

El proyecto, pensado e ideado por el Secretario de Hacienda Municipal habría sido redactado y enviado al bloque de Concejales de Cambiemos hace aproximadamente un mes y habría ingresado para ser tratado en comisión en el día de ayer.

 

Se crearía un Plan Municipal de Veredas (Plan MU.VE) que tendría 2 objetos, primero la construcción o mejoramiento de veredas y segundo, fomentar la generación de empleo y la actividad comercial mediante la producción y venta de baldosas de producción local.

 

La iniciativa prevé importantes descuentos para los frentistas y plantes de financiación de varios años sin interés.

 

A continuación, acompañamos el texto de la interesante propuesta del Intendente Ongarato que espera cuente con el aporte y apoyo de todos los bloques:

 

VISTO:

 

            El estado actual de las veredas de la ciudad de Esquel;

 

            La necesidad de mejorar la accesibilidad en el tránsito peatonal y la voluntad de fortalecer a los actores de la economía social, y

 

Que las veredas son el principal espacio de circulación peatonal, y que se mantengan en buen estado permite un tránsito sin mayores inconvenientes y evita que la gente camine por la calle con el consiguiente peligro de accidentes y;

 

CONSIDERANDO:

 

            Que promocionar mejoras en la infraestructura de la ciudad significaría promover mejores condiciones en el tránsito, la revitalización de las zonas que se intervengan y brindaría mayor seguridad a los peatones que circulan por las veredas

 

            Que a través del presente proyecto, se propone el establecimiento de un plan de mejoramiento y conservación de las veredas de la ciudad impulsado por el municipio aunque contemplando el establecimiento de mecanismos de participación que involucren a los vecinos Y comerciantes de la;

 

Que el presente plan no solamente permitiría establecer criterios estéticos y la revitalización de los barrios sino que permitiría mejorar las condiciones de seguridad, disminuyendo los riesgos de accidentes; dotar a la ciudad de una mejor imagen y limpieza facilitando la transitabilidad de las veredas para las personas que circulan,

 

            Que el “Plan Municipal de Veredas” (PLAN MU.VE.), tiene la iniciativa de lograr un mejoramiento integral de las veredas de la ciudad, y lo pretende llevar adelante mediante la creación y reactivación de puestos de trabajo relacionados con la construcción, tanto a través de la contratación de cooperativas de trabajo para la ejecución de la obra, como la alternativa de adquirir baldosas de producción local.

 

Que El PLAN MU.VE. se presenta como una alternativa que ofrece el Estado Municipal para que los vecinos puedan cumplimentar con la obligación de realizar o mantener veredas.

 

Que el programa se centra en puntos fundamentales, a saber: a) El Municipio ofrecerá al frentista una serie de diseños de veredas posibles sobre los cuales debe optar; b) Para la construcción o reparación de la vereda se podrán utilizar las baldosas fabricadas por productores locales; c) Para ejecutar la obra de reparación o construcción de la vereda, el municipio contratará a una cooperativa de trabajo o a monotributistas sociales; y d) El Estado Municipal otorgará facilidades de pagos para aquellos que opten cumplir su obligación mediante esta iniciativa.

 

Que este Plan, permitiría, además, la adecuación de las veredas a las normativas y necesidades de la población como por ejemplo la construcción de rampas en las esquinas y en los establecimientos de acceso al público para favorecer una mejor movilidad de todas las personas.

 

Que, en cuanto al financiamiento de la obra, se considera necesario que la Secretaría de Hacienda sea la encargada de desarrollar las condiciones y formas de pago, beneficios y descuentos aplicables y toda otra condición que considere necesario, debiendo conjugar una real posibilidad de acceso para los vecinos y la protección de los fondos públicos que se utilicen para su desarrollo.

 

Que el objetivo principal de este Proyecto es lograr que las veredas de Esquel sean fácilmente transitables, generar un paisaje urbano más armónico, limpio y seguro para transitar

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

 

Artículo.1°.- CRÉASE el “PLAN Municipal de Veredas” (“PLAN MU.VE.”), el cual se ajustará a los términos establecidos en la presente ordenanza.

 

Artículo. 2°.- EL “PLAN MU.VE.” tiene dos objetivos fundamentales:

 

a) El mejoramiento, construcción y/o reconstrucción de las veredas de la ciudad, a los fines de mejorar la calidad de vida de todos los vecinos.

 

b) Fomentar el desarrollo y fortalecimiento de la economía esquelense, a través de la contratación de cooperativas de trabajo y compra de baldosas de producción local .

 

Artículo.3°.- EL “PLAN MU.VE.” se constituye como un programa que pretende fomentar la reparación, construcción y/o reconstrucción de veredas en la ciudad a través de la conjugación de cuatro puntos: a) Diseños de veredas desarrollados por la Municipalidad; b) Con respecto a los materiales se podrán utilizar baldosas fabricadas por productores locales; c) Contratación de cooperativas de trabajo o monotributistas sociales para la ejecución de la obra; y d) Financiamiento municipal, a través del otorgamiento de facilidades en la forma y condiciones de pago de los materiales y la mano de obra.

 

Artículo.4°: A los fines de una correcta aplicación de la ordenanza, facúltese al Departamento Ejecutivo a dictar los actos administrativos necesarios a los fines de formalizar el programa y elaborar los convenios pertinentes para el desarrollo del mismo, respetando el espíritu de la presente normativa, la creación de puestos de trabajo y el desarrollo urbanístico de la ciudad.

 

Artículo.5°:  El mantenimiento y conservación de las veredas es de exclusiva responsabilidad del frentista.

 

Artículo.6°.- Cuando corresponda, el Departamento Ejecutivo notificará al frentista su obligación de reparar, construir o reconstruir su vereda e intimará a realizarlo en un plazo de noventa (90) días. En dicha notificación informará sobre la posibilidad de realizarlo mediante el “PLAN MU.VE.” Asimismo se habilitará una vía de registro voluntario para todos aquellos vecinos que deseen reparar, construir o reconstruir su vereda mediante el presente Plan.

 

Artículo.7°.- En el caso de que el frentista pretenda realizar la obra a través del “PLAN MU.VE.”, deberá solicitarlo en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Esquel, quien evaluará la solicitud y establecerá un orden de prioridad para la ejecución, de acuerdo a las solicitudes que se generen.

 

Artículo.8°.- El Municipio informará sobre las condiciones del programa, los diseños de veredas que se encuentran a disposición, las condiciones de financiamiento y plazos de ejecución de la obra y toda otra información que considere pertinente.

 

Artículo.9°.- El frentista podrá afrontar el costo de los materiales y la mano de obra de la siguiente manera.

 

a) Al contado: en caso de que el frentista opte por esta forma de pago, la Municipalidad podrá aplicar un descuento de hasta el quince (15%) del valor total de la obra.

 

b) Financiado: el municipio podrá ofrecer planes de pagos respetando los siguientes parámetros: plan de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas, sin interés de financiación a aquellos contribuyentes que posean libre deuda del inmueble correspondiente

 

Facúltese a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Esquel a dictar las disposiciones pertinentes para la correcta aplicación de lo establecido en el presente artículo.

 

Asimismo, facúltese a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Esquel a otorgar un descuento de hasta treinta (30 %) del valor total de la obra a los propietarios de inmuebles con destino comercial cuyo locador y locatario se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias.

 

Artículo. 10°.-  Autorízase a la Secretaría de Producción y Empleo a promover la conformación de Cooperativas de trabajo para la realización de las obras de refacción y acondicionamiento y a autorizar a los frentistas que así lo requieran a ejecutar las obras de manera particular previa solicitud al área municipal correspondiente

 

Artículo. 11°.- A los fines de determinar el valor de la obra, se autoriza al Departamento Ejecutivo a fijar el costo del metro cuadrado por mano de obra y materiales, el cual podrá ser actualizado periódicamente.

 

Artículo.12°.- Crease la Partida presupuestaria “PLAN MU. VE.” Y autorícese al Ejecutivo Municipal a destinar la suma de $ 1.500.000. Los montos cobrados por las obras realizadas serán imputados al presente Plan con el objetivo de fomentar la generación de más obras y trabajo.-

 

Artículo.13°.- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.

 

 

           

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