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18 de Mayo de 2021
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La Legislatura tratará hoy la prórroga de la emergencia sanitaria

Se busca extender por 180 días la Ley que declara la Emergencia en el sector público de la Salud provincial. 

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La Legislatura de Chubut desarrollará este martes una nueva sesión ordinaria de manera virtual, donde se tratará e la prórroga por 180 días de la Ley que declara la Emergencia en el sector público de la Salud. Por otra parte, en el inicio se dará ingreso a varios proyectos, entre ellos, al pliego enviado por el gobernador pidiendo el acuerdo legislativo para designar a Miguel Arnaudo como presidente del Banco del Chubut.

 

 

Se buscará prorrogar por 180  días de la ley que  declara: La unificación del pago de haberes de los servicios de salud a partir de los salarios correspondientes al mes de marzo; La liquidación de haberes de los meses comprendidos en la presente declaración de emergencia sanitaria se ajustarán a los acuerdos vigentes; La disponibilidad financiera inmediata que permita ejecutar las partidas presupuestarias destinadas a la adquisición de medicamentos, insumos y servicios hospitalarios”.

 

 

Además, se prevé  la cobertura de cargos asistenciales o puestos de trabajo no asistenciales considerados fundadamente necesarios será efectuada por el Ministerio de Salud, con vista previa a la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público.

 

 

Uno de los puntos fundamentales es el de permitir al Ministerio de Salud a realizar las compras de equipamientos e insumos médicos que resulten necesarios para hacer frente a los efectos de la pandemia del COVID-19 de manera directa a partir de la fecha del presente.

 

 

Por último la ley autoriza al Ministerio de Economía y Crédito Público a: Disponer de los fondos de asignaciones específicas de las cuentas de la Administración Central, a los fines adoptar las medidas que resulten necesarias para hacer frente a los efectos de la pandemia del COVlD - 19, tales como el pago de sueldos del personal de salud, la adquisición de equipamiento e insumos médicos, el cumplimiento de las medidas adoptadas tanto por el Gobierno Nacional como el Provincial, y cualquier otra medida tendiente a la satisfacción de los fines de la presente Ley”.

 

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