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26 de Mayo de 2021
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Maltrato animal en Corcovado: Un hombre denunció que apuñalaron a su caballo

El hecho ocurrió en horas de la noche, el chico ya realizó la denuncia y explicó que hace mucho no ocurría "un hecho así de maldad" en la zona. Actualmente el caballo se encuentra asistido por veterinarios.

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Un caballo que estaba atado, el cual iba a ser soltado en el campo, fue apuñalado por cuatro personas que estaban en estado de ebriedad.

 

 

El dueño del animal realizó la denuncia, pero explicó que todavía no tienen respuesta, aunque ya saben quiénes fueron los que realizaron el acto de maldad.

 

 

 

 

"Son chicos que cuentan con antecedentes"

 

 

En estos momentos, el caballo está siendo asistido por veterinarios. Tiene una herida grave.

 

 

 

El hombre manifestó que "no suele pasar esto en Corcovado" y todavía no detuvieron a las personas. 

 

 

Cabe destacar que la Ley Nº 683, de Protección de los animales domésticos o domesticados, especifica en el artículo 3 la penalidad de actos de maltrato hacia los animales. Se entienden actos de maltrato hacia los animales a aquellas acciones que afecten el bienestar animal, provocando deterioro de su estado de salud, su comportamiento o su estado afectivo, conforme a las características de su especie.

 

 

Particularmente se consideran actos de maltrato animal los que a continuación se detallan:

 

 

  • a)   Acabar con la vida, con intención, con violencia o ensañamiento y sin justificación médica a un animal doméstico o domesticado.
  • b)   Privarlos de la adecuada cantidad y calidad de agua, alimento, aire, de resguardo ante las inclemencias del tiempo y tratamiento veterinario adecuado ante lesiones y/o enfermedades que comprometen su vida y/o salud.
  • c)   Privarlos de suficiente espacio para desarrollar sus patrones normales de comportamiento.
  • d)   Emplearlos para el trabajo sin darles ocasión de reponerse, cuando se hallaren en condiciones adecuadas o mediante la utilización de instrumentos que les provocaren innecesarias sensaciones dolorosas.
  • e)   Administrarles por cualquier medio, sustancias o drogas sin perseguir fines terapéuticos.
  • f)    Organizar, promover, facilitar o realizar, por cualquier título, una carrera de perros, cualquiera sea su raza.
  • g)   Mantenerlos permanentemente atados, encadenados o encerrados, privándolos de movimiento.
  • h)   Someterlos a la reproducción abusando de sus capacidades físicas.
  • i)   Mutilar cualquier parte del cuerpo, salvo con fines de marcación o higiene de la respectiva especie, por razones terapéuticas o de salud pública.
  • j)    Intervenirlos sin anestesia y/o sin poseer título profesional habilitante, con fines que no sean terapéuticos, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
  • k)   Privar de movimiento con correas o ataduras que provoquen asfixia, lesiones, estrangulaciones, amputaciones y/o muerte.
  • l)    Abandonarlos a sus propios medios, o de modo tal que queden en desamparo o expuestos a un riesgo que amenazare su integridad física o psíquica.
  • m)   Matar animales grávidos (embarazo-preñez), cuando tal estado fuere patente en el animal.
  • n)    Envenenarlos, lastimarlos, arrollarlos, causarles torturas, sufrimientos innecesarios.
  • o)   Utilizar animales vivos para prácticas de entrenamiento de animales de guardia o ataque, o para verificar su agresividad y exponerlos como presa viva de otros animales.
  • p)   Usar, abusar y explotar animales con fines sexuales y producir o difundir por cualquier medio,  imágenes de pornografía con animales.
  • q)   Toda aquella acción u omisión que afecte el bienestar animal, provocando deterioro de su estado de salud, su comportamiento o su estado afectivo, conforme a las características de su especie.

 

Por el momento, están esperando una respuesta por parte de las autoridades policiales. 

 

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