RED43 sociedad 04 de Mayo de 2022 04 de Mayo de 2022 sociedad | Hace 12 meses - Por Redacción Red43 Sociedad Censo 2022: ¿El 18 de mayo que se puede hacer y que no? El 18 de mayo fue decretado feriado nacional ya que las personas censistas pasaran por los domicilios de las personas, a partir de 8 hs hasta las 20 hs. Por esta razón, algunas actividades de nuestra cotidianidad no podrán realizarse. Por Redacción Red43 Escuchar esta nota A+ A- El 18 de mayo fue declarado feriado nacional ya que se realizará el censo nacional de manera presencial de 8 a 20 hs. Por lo que, hay algunas actividades de nuestra cotidianidad que no podrán realizarse en el marco de esta fecha. Según la ley 24.254 quedan prohibidas desde las 8 hasta las 20 las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos y reuniones públicas al aire libre. Asimismo, permanecerán cerrados los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas, rotiserías, panaderías, clubes y comercios de venta de artículos alimenticios.Para el 18 de mayo, se solicita que todas las personas permanezcan en sus domicilios con el fin de esperar a la persona censista, ya sea para realizar la entrevista de manera presencial o para mostrarle el comprobante de finalización del Censo digital. El Censo 2022 es obligatorio y según el artículo 17 del Decreto 726/2020, todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario de 61 preguntas. Las personas que no respondan el cuestionario ni presencial ni digitalmente tendrá una multa. De acuerdo a la Ley 17.622 de 1968, se aplicará un castigo o pena económica sobre aquellas personas que “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos”. En esos casos, se fijó una multa cuyos valores mínimos y máximos se actualizan semestralmente. La última actualización de los montos, publicada el 22 de febrero 2022, estipuló una multa mínima de $1.076,36 para los que no respondan o mientan en el censo, mientras que la penalidad máxima puede alcanzar los $106.799,35, según lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución N.º 35/2022. Fuente BAE Negocios ¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA? 14 22 {{positivos}} {{negativos}} Ocurrió un error