Un sujeto que amenazó de muerte a su expareja con un arma de fuego, fue condenado a tres años de prisión en suspenso, con la condición de radicarse en otra provincia y la prohibición absoluta de comunicarse por cualquier medio con la víctima o su familia. La original sentencia se conoció en los tribunales de la provincia de Neuquén, luego de un “juicio abreviado”.
De esta manera, el procesado aceptó su responsabilidad en el hecho y consiguió una pena de ejecución condicional, que no implica perder la libertad, con algunas condiciones: mudarse a otra provincia, fuera del territorio de Neuquén; no cometer nuevos delitos ni abusar de bebidas alcohólicas o consumir sustancias prohibidas.
El fiscal Andrés Azar, junto a la asistente Carolina Gutiérrez, le atribuyeron al imputado es amenazas agravadas por el uso de arma de fuego en carácter de autor (artículos 149 bis y 45 del Código Penal).
El hecho ocurrió el 4 de febrero en una chacra ubicada en la zona de la Picada 12 de San Patricio del Chañar. Entre las 22:30 y las 23 J.F.G, discutió con su expareja en el interior de la vivienda de la mujer. La insultó y utilizando un arma de fuego, le dijo que la iba a matar. El hijo adolescente que ambos tienen, intervino y le quitó el arma a su padre, mientras que un hermano de la víctima que también estaba en la casa, logró frenar la agresión.
Luego, la mujer y el joven fueron hacia la ruta, llamaron por teléfono a la actual pareja de ella y le pidieron ayuda. Esta persona los buscó y los trasladó hacia la comisaría en donde radicaron la denuncia. Finalmente, el personal policial que intervino fue hacia la chacra donde ocurrió el hecho y detuvo al imputado.
El juez de garantías Gustavo Ravizzoli, avaló el acuerdo presentado por las partes que contó con el reconocimiento por parte del ahora condenado y con la conformidad de la mujer víctima del hecho. Por este motivo, el magistrado declaró la responsabilidad penal de J.F.R y lo condenó a 3 años de prisión de ejecución condicional más la obligación de respetar las reglas de conducta.
Algunas de las reglas de conducta requeridas por las partes que el juez fijó son: que el condenado deberá mudar su domicilio a otra provincia; no podrá contactar a la mujer ni a su grupo familiar por ningún medio; no deberá abusar de bebidas alcohólicas; no podrá cometer nuevos delitos, entre otras.