La Procuradora Luciana Coppini y el funcionario de Fiscalía Matías Ayuzo, llevaron adelante un juicio oral y público contra una joven identificada por las iniciales C.M (25), imputada por el delito de amenazas simples. (Por tratarse de un caso de violencia familiar los protocolos de información recomiendan no brindar las identidades completas a los fines de un mejor resguardo del proceso judicial).
Los casos denunciados ocurrieron el 11 de marzo de 2025. Según consta en la acusación pública, en esa ocasión, la acusada, utilizó la red social WhatsApp para amenazar a la víctima. En este marco, se refirieron un conflicto familiar atravesado por dificultades de convivencia entre las protagonistas.
Asimismo, durante las audiencias de debate realizadas en la sala n°1 de la oficina judicial, los investigadores, sostuvieron que las razones del conflicto estaban relacionadas con disputas del ámbito familiar. También consideraron que después de escuchar los testimonios ofrecidos por la víctima, junto a las declaraciones de familiares y personal policial de la Comisaría de la Mujer, se logró acreditar la teoría del caso presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Asimismo, en el alegato final, Coppini se refirió a las consecuencias de las amenazas sufridas por la víctima. En este sentido, describió el contexto de angustia que padeció en diversas situaciones laborales y sociales. Por estas razones, solicitaron al juez penal Ariel Quiroga que declare a la acusada autora penalmente responsable del delito endilgado. A su turno, la defensora pública Rosa Sánchez, requirió la absolución de su asistida. Sus argumentos se basaron en señalar deficiencias de las pruebas producidas durante el juicio.
Luego de escuchar las posiciones de las partes, el magistrado dio por clausurada la etapa de debate. En tanto, informó que el miércoles 21 de octubre a las 12:30 dará a conocer su resolución del caso.
Nota: El caso llegó a la instancia de debate en función de que la imputada ya había obtenido el beneficio de una suspensión de juicio a prueba en una causa anterior por el delito de lesiones y daño. Esta causa fue tramitada en el 2023. El Código Penal establece que el beneficio de la probation se puede otorgar por segunda vez únicamente si han transcurrido 8 años desde que venció el plazo de la primera suspensión