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29 de Septiembre de 2023
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El Senado aprobó la nueva Ley de Alquileres con modificaciones

Ahora será la Cámara revisora la que deberá decidir si insiste con la sanción del proyecto original o acepta los cambios.

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Este jueves el Senado aprobó el proyecto que reforma la Ley de Alquileres con algunos cambios en relación a la iniciativa sancionada en Diputados el mes pasado. Ahora deberá regresar a la Cámara de origen para una segunda revisión y solo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.

El proyecto fue aprobado por 37 a 29, y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores del bloque de Unidad Federal; en tanto que Juntos por el Cambio votó en contra porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados y sancionar este mismo jueves la ley.

 

La iniciativa original impulsada por Diputados establecía que las partes tienen que convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por Indec, o una combinación de dichos índices.

Sin embargo, el proyecto aprobado por el Senado modifica a tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.

Además, el documento incorpora en su último párrafo el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.

 

Por último se suma el artículo doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”, sostiene.

 

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