27 de Julio de 2019
sociedad |

No hicieron lugar al sobreseimiento requerido a favor de Jones Huala

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Francisco Facundo Jones Huala fue extraditado a Chile, de acuerdo a los convenios de cooperación internacional, antes de finalizarse el proceso abierto en la jurisdicción local. Su defensora, Sonia Ivanoff, requirió al juez que se dicte el sobreseimiento por vencimiento del plazo razonable del proceso, abierto hace más de tres años.

 

La Fiscalía se opuso por entender que la situación concreta exige la suspensión de plazos. El viernes se conoció la decisión del juez, Martín Zacchino, de no hacer lugar al sobreseimiento requerido por no haber transcurrido aún el plazo máximo de duración del proceso.

 

El martes, se había realizado una audiencia para tratar el pedido. Ivanoff alegó que transcurrió el plazo máximo de tres años sin una resolución; a su criterio, el plazo improrrogable de duración máxima del proceso fenecía el 28 de mayo de 2019 y se reservó el caso federal para el supuesto de una resolución adversa a su pedido.

 

Por la fiscalía, Fidel González había pedido que se rechace el planteo, por entender que el plazo razonable no es una cuestión matemática, sino que debe ser analizado en cada caso concreto. Añadió el acusador que no estaban estipulados, en ese plazo, casos de cumplimiento de obligaciones estatales preestablecidas, como puede serlo la cooperación judicial de extracción, y requirió la suspensión del plazo.

 

Al analizar los planteos, el Juez consideró que lo improrrogable del plazo no implica necesariamente que este no pueda ser suspendido. Entendió que el conteo puede ser suspendido o interrumpido por circunstancias especiales, no solo por las del caso que se trató sino, por ejemplo,  por la fuga del imputado, su rebeldía, como así también la aplicación de criterios de oportunidad o incluso casos de incapacidad para estar en juicio.

 

Indicó que será responsabilidad del Ministerio Público, una vez que pueda ser llevado a los tribunales el imputado, cumplir con los pasos procesales pendientes para la concreción del juicio en el estrecho margen de plazo razonable que quedará disponible.

 

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