16 de Noviembre de 2020
sociedad |

Tras la nueva resolución de Seguridad, ¿cuándo puede disparar un policía en legítima defensa?

El jefe de Policía, Miguel Gómez, remarcó que "en algunos casos producto de la duda hemos tenido resultados lamentables" y este protocolo pretende "no dejar grises". Asimismo, subrayó que reafirma lo establecido por el código penal como legítima defensa. 

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En diálogo con Red43, el jefe de la Policía del Chubut, Miguel Gómez, habló sobre la nueva resolución del Ministerio de Seguridad provincial referida al uso permitido de armas de fuego en legítima defensa.

 

"Es un protocolo impulsado por el ministro Massoni. De ningún modo se opone a la ley madre que es la establecida por el código penal, que establece los casos en que corresponde la legítima defensa propia o de un tercero", indicó el Comisario. "No deja grises ni dudas al personal policial en caso de que se encuentre con un sujeto que porte un arma blanca", sostuvo.

 

En este contexto, si un individuo "exhibe un arma blanca y se acerca a una distancia menor de la que figura en el protocolo (6,4 metros), el policía está autorizado a sacar su arma, ponerla en condición de disparo y resolver en consecuencia". "En algunos casos producto de la duda y no haber valorado el potencial riesgo hemos tenido resultados lamentables para nuestros hombres, policías que han muerto producto de que un sujeto les asestó puñaladas", recordó Gómez. 

 

"Si alguien esta en condiciones de quitarme la vida yo debo responder del modo más seguro para mi integridad y si le disparo al pecho, a la cabeza, lamentablemente morirá pero preservé mi vida. De eso se trata. No se habla de a qué zona disparar", prosiguió el jefe de Policía. En este sentido, remarcó que se trata "del principio de la legítima defensa propia o de un tercero" que habilita a cualquier ciudadano a defenderse si su vida está en peligro. 

 

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