La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, compuesta por los Ministros Alejandro Javier Panizzi, Daniel Esteban Báez, y Camila Banfi Saavedra, declaró procedente la impugnación extraordinaria presentada por la defensa del operador de maquinaria vial condenado por homicidio culposo. La resolución final llevó a la absolución del acusado.
El caso se originó a raíz de un trágico incidente en agosto de 2019 en la localidad de Trevelin, donde el maquinista fue condenado en primera instancia por la muerte de dos obreros. La sentencia original lo condenó a dos años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación especial para conducir maquinaria pesada y/o vial.
La defensa del acusado impugnó la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Esquel, que confirmó la culpabilidad aunque readecuó la pena.
Análisis de los Ministros y fallo justificativo
El Dr. Daniel Esteban Báez, en su voto, sostuvo que, tras analizar el caso, la defensa tenía razón. Argumentó que, a pesar de múltiples causas que contribuyeron al fatal derrumbe de la zanja, la ejecución de la obra estuvo marcada por numerosas infracciones a la legislación laboral, responsabilidad que no recaía en el acusado sino en su empleador y otras personas. Báez indicó que el contexto de vulnerabilidad laboral del acusado debía considerarse en la evaluación del caso.
Por su parte, la Dra. Camila Banfi Saavedra señaló que no se consideraron en la sentencia diversas hipótesis presentadas en el debate que podrían haber modificado la suerte del condenado. Destacó que no se evaluaron los graves incumplimientos a la ley laboral, que no eran responsabilidad del acusado sino de los empresarios que lo contrataron.
El Dr. Alejandro Javier Panizzi resaltó que los jueces desestimaron la importancia del incumplimiento de las normas de seguridad e higiene en la emergencia. Argumentó que la capacitación del acusado, autodidacta en su labor, no eximía a su empleador de la obligación de ofrecer capacitación, contratar expertos en seguridad e higiene y proporcionar elementos de trabajo.
Absolución final y lecciones aprendidas
Los tres Ministros coincidieron en declarar procedente la impugnación extraordinaria y dictar la absolución del maquinista del delito que le fuera atribuido.
O.P