A partir de la implementación de la Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, los comercios en Argentina deberán adaptarse a nuevas normativas en cuanto a la exhibición de precios de bienes y servicios.
Precios en moneda local y extranjera
Uno de los aspectos de la Resolución 4/2025 es la obligatoriedad de que los precios de productos y servicios puedan mostrarse tanto en pesos argentinos como en dólares estadounidenses o en cualquier otra moneda extranjera. Esto permitirá a los consumidores tener una referencia sobre el valor de lo que están adquiriendo, especialmente en un contexto económico caracterizado por fluctuaciones cambiarias.
Además, se establece que el precio final que deberá abonar el consumidor será claramente indicado, lo que elimina las confusiones relacionadas con conversiones o cargos no especificados.
Precisión en la exhibición de precios
La norma también obliga a los comercios a mostrar el precio por unidad de medida, garantizando que el consumidor pueda comparar precios con facilidad.
Asimismo, se especifica que el precio de góndola debe coincidir con el que se cobra en la línea de cajas. Esta medida elimina la posibilidad de que los consumidores se enfrenten a diferencias de precio entre lo que aparece en el estante y lo que finalmente deben pagar.
Financiación y costo total de la compra
Otro de los puntos de la resolución es la obligación de informar de manera clara sobre los costos asociados a compras financiadas. Esto incluye mostrar el precio de contado, el monto de cada cuota, la cantidad de cuotas, y el costo financiero total efectivo anual (CFTEA).
La resolución también contempla un apartado para aquellos comercios que ofrezcan servicios prestados desde, hacia o en el exterior. Estos establecimientos podrán exhibir y publicitar sus precios en dólares, lo cual es común en industrias como la hotelería, el turismo y otros servicios internacionales.
Nuevas reglas
Con respecto a la exhibición de precios en góndolas, la resolución establece que deben ser claros, visibles, horizontales y legibles, y siempre a la vista del consumidor. Además, los comercios deberán optar por presentar las listas de precios de forma digital o en papel, de acuerdo con sus posibilidades.
Desde el 1 de abril de 2025, todos los comercios deberán incluir en la góndola una leyenda en menor tamaño que indique “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”, mostrando el importe neto sin IVA ni impuestos nacionales indirectos.
La nueva normativa también reemplaza una resolución anterior de 2002, la cual regulaba el sistema de exhibición de precios en 27 artículos.
Además, se permitirá que las ofertas y descuentos sean publicados de manera independiente a la información sobre los precios.
O.P