La lectura de la sentencia se realizó en Lago Puelo, donde el juez penal Carlos Richeri resolvió una causa por abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de la víctima.
La niña tenía 8 años al momento de los hechos y actualmente tiene 10. Tras analizar las pruebas presentadas durante el juicio, el magistrado, integrante de un Tribunal Unipersonal, declaró al acusado autor penalmente responsable y le impuso una pena de tres años de prisión en suspenso, además del pago de las costas y el cumplimiento obligatorio de determinadas pautas de conducta.
La particularidad de la resolución estuvo en la forma en que fue redactada. Richeri elaboró la sentencia en un lenguaje sencillo y comprensible, teniendo especialmente en cuenta que la víctima es una niña y que también debía poder entender qué había decidido la Justicia sobre lo ocurrido.
En la propia resolución, el magistrado explicó que buscó que el texto no constituyera un obstáculo cuando la decisión fuera explicada a la víctima y sostuvo que el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados también comprende el derecho a comprender aquello que se decide sobre los hechos que los involucraron.
Como parte de ese criterio, el juez incorporó un anexo especialmente dirigido a la niña: una carta en la que se presenta, explica cuál fue su función durante el juicio, cómo analizó las pruebas y por qué llegó a la decisión de condenar a su tío.
“Tenés derecho a saber”
La carta comienza con una explicación directa sobre el motivo por el cual fue escrita: “Me llamo Carlos Richeri y fui el juez del juicio en el que se trató lo que te pasó. Te escribo porque tenés derecho a saber qué se decidió y por qué, con palabras que entiendas”.
A partir de allí, el magistrado intenta explicar cómo funciona una decisión judicial y qué requisitos debe cumplir un juez para condenar a una persona.
“La ley me exige que, para condenar a alguien, esté completamente seguro. Si me hubieran quedado dudas, la ley me obligaba a no condenar. Por eso mi trabajo durante el juicio fue escuchar todo y compararlo”, señala la carta.
Richeri también le cuenta a la niña qué elementos escuchó y analizó durante el proceso. Menciona su propio relato, realizado en un espacio con una psicóloga, la explicación de esa profesional, el testimonio de su madre, la intervención de una policía que concurrió al domicilio y tomó fotografías, además de las versiones brindadas por su tío y su tía.
Después de escuchar y analizar todo ese material, el juez explica cómo llegó a su conclusión: “Después de escuchar todo eso me tomé unos días para pensarlo, y llegué a una conclusión: lo que vos contaste coincidió con todo lo demás, y las explicaciones que dio tu tío no coincidieron entre ellas. Por eso decidí que pasó lo que vos contaste”.
La responsabilidad no fue de la niña
Uno de los tramos centrales de la carta está destinado a dejar en claro que la niña no fue responsable de la condena por haber contado lo ocurrido.
El juez separa expresamente el relato de la víctima de la decisión que tomó al finalizar el juicio y le explica que la responsabilidad corresponde exclusivamente al acusado por sus propias acciones.
“A tu tío lo condené por lo que él decidió hacer. Es una persona grande, sabía lo que estaba haciendo, y por eso tiene que hacerse cargo”, escribió.
Luego remarca: “No lo condené por lo que vos contaste. La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad, no con la tuya”.
En ese mismo tramo, Richeri le señala que haber contado lo sucedido era lo que le correspondía hacer y que su participación en esa instancia terminó allí.
“Vos contaste lo que te pasó, que es lo que te tocaba hacer, y ahí terminó tu parte”, expresa la carta.
El magistrado también aborda el pedido que el hombre le habría realizado a la niña para que no contara lo sucedido y le deja un mensaje específico sobre esa situación: “Cuando un grande le pide a un chico que esconda algo que lo hizo sentir mal, ese pedido no se cumple. No estabas obligada a guardarlo, ni entonces ni nunca”.
Por qué no irá a la cárcel
Otro de los puntos que Richeri decidió explicar especialmente fue por qué, pese a haber sido condenado, el acusado no cumplirá la pena inicialmente en una cárcel.
La carta explica que el condenado no tenía antecedentes y que la pena aplicada corresponde al mínimo previsto para el delito por el que fue declarado responsable. En esas condiciones, la legislación permite que la prisión quede en suspenso, aunque sujeta al cumplimiento de reglas durante tres años.
“Tu tío no va a ir a la cárcel, y no es porque no te haya creído”, aclara el juez.
La decisión incluye pautas de conducta de cumplimiento obligatorio. Entre ellas, una prohibición de contacto con la niña: no podrá hablarle, escribirle ni enviarle mensajes a través de otras personas.
El juez también le explica qué puede suceder si el condenado incumple esas condiciones: “Si incumple las reglas, la condena se cumple en la cárcel”.
De esta manera, la carta busca despejar una cuestión que podía resultar difícil de comprender: que una condena a prisión en suspenso continúa siendo una condena y que el beneficio está sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas por la Justicia.
“Ya no tenés que hacer nada más sobre esto”
En el tramo final, el juez vuelve a dirigirse directamente a la niña y busca marcar el cierre de su participación en el proceso judicial.
“Tu mamá te enseñó que hay que decir siempre la verdad, y eso te va a servir toda la vida. Ya no tenés que hacer nada más sobre esto”, escribió Richeri.
Finalmente, le explica que, si en algún momento necesita realizar alguna pregunta, puede hacerlo a través de su madre o de las personas del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, que continuarán acompañándola.
La decisión judicial incluyó así no solo la condena de tres años de prisión en suspenso y las pautas que deberá cumplir el acusado, sino también una explicación especialmente pensada para que la principal persona afectada por el proceso pueda comprender qué resolvió la Justicia y por qué.
El propio fallo señala que la utilización de un lenguaje claro busca facilitar la comprensión de las decisiones judiciales y fortalecer la confianza pública en la Justicia provincial. En este caso, ese criterio se tradujo además en una carta dirigida directamente a una niña de 10 años para explicarle, en palabras sencillas, qué ocurrió con la causa que la tuvo como víctima.
AMD