A pedido de la Fiscalía, el Juez de Ejecución Penal resolvió revocar de manera inmediata la libertad asistida otorgada a Alejandro Ernesto Villafañe, disponiendo su reintegro a un establecimiento de detención cerrado hasta el próximo 30 de noviembre, fecha en que agotará su condena. La decisión se tomó tras comprobarse un incumplimiento objetivo de las reglas de conducta impuestas y un posterior intento de eludir los controles judiciales.
Villafañe gozaba del beneficio —regulado por el artículo 54 de la Ley 24.660— desde el pasado 28 de agosto. Entre las obligaciones fijadas por el tribunal figuraban mantener el domicilio asignado, no ausentarse sin previa autorización judicial, no cometer nuevos delitos y abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes.
El planteo fue llevado a la audiencia por la funcionaria Sofía Torres y la procuradora de fiscalía Paula Bestene.
Una seguidilla de denuncias y un paradero falso
La ruptura del compromiso judicial comenzó el 11 de septiembre, cuando la expareja de Villafañe, , lo denunció por agresiones y el robo de su teléfono celular. Al arribar el personal policial al domicilio, el condenado emprendió la huida por el patio y eludió a los efectivos. Dos días después, el 13 de septiembre, la víctima radicó una segunda denuncia relatando que el hombre regresó, la golpeó y la dejó encerrada.
Mientras el sujeto permanecía inubicable, su defensor sostuvo por escrito que Villafañe había dejado la vivienda por "problemas de pareja" y que se encontraba en tránsito hacia un establecimiento rural. Sin embargo, la investigación del Ministerio Público Fiscal desmanteló esa versión: los informes periciales indicaron que el imputado habría estado en forma constante en el sector del Barrio 133 Viviendas de Esquel entre el 10 y el 17 de septiembre. La fuga concluyó finalmente el 17 de septiembre, cuando fue interceptado en un control policial en la localidad de Cholila mientras se trasladaba en el vehículo de su abogado defensor.
Fundamentos de la resolución
Durante la audiencia, el magistrado remarcó que la medida se fundamenta en la violación objetiva del régimen de conducta y no en los nuevos hechos delictivos que se investigan por separado. "La regla es clara: no se va primero y avisan después. Durante casi 7 días se lo buscó por todos lados y no lo encontraron; usted estaba prófugo", enfatizó el juez dirigiéndose al imputado.
La defensa anunció que solicitará la revisión de la decisión.
AMD