RED43 economia
01 de Marzo de 2020
economia |

Cómo es el proyecto de la nueva ley de alquileres y los beneficios para los inquilinos

Se trata de un proyecto presentado por Silvia García Larraburu, que fue aprobado por la cámara de senadores.

Escuchar esta nota

"El proyecto de alquileres que soy autora fue aprobado en 2016 por unanimidad en la Cámara de Senadores y luego tuvo un tiempo muerto en la Cámara de Diputados. Fue tratado el año pasado y espero que podamos tratarlo prontamente porque son millones las familias que están esperando esta propuesta", expresó la senadora rionegrina Silvia García Larraburu este mediodía en el Congreso tras la apertura de sesiones legislativas. 

 

¿Cómo es el proyecto de la Ley de Alquileres?

 

El proyecto de Ley de Alquileres de Silvina García Larraburu obtuvo dictamen La Comisión de Legislación General del Senado de la Nación, dictaminó el proyecto de ley 894/16 que propone modificar el Código Civil y Comercial, con el propósito de mejorar las condiciones de los contratos de alquiler con destino habitacional y evitar abusos. La iniciativa fue trabajada con la organización Inquilinos Agrupados y cuenta con el apoyo de senadores, legisladores y concejales de todo el país, integrantes de pymes, cooperativas y organizaciones no gubernamentales.

 

“Enfrentamos una situación muy delicada, los aumentos desmedidos en el precio de los alquileres superan cualquier índice de inflación; contratos por sólo dos años que nos obligan a estar en permanente mudanza, y dejando nuestros ahorros en cada firma de un nuevo contrato, son solo algunos de los obstáculos que nos imponen para acceder a una vivienda”, expresaron los inquilinos de las provincias de Córdoba, Neuquén, Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes, Río Negro, Tierra del Fuego, Buenos Aires y Capital Federal, durante la presentación del proyecto.

 

García Larraburu señaló que la reforma del Código, trabajada en esta Ley de Alquileres, nos involucra a todos de manera trasversal. "La mayoría de la población pasa por la necesidad de tener que alquilar su vivienda, por eso ya sabemos a qué nos sometemos cuándo nos embarcamos en la aceptación de un contrato de alquiler. Siempre los inquilinos están en desventaja y no tienen un real poder de decisión”. Agregó: “Considero fundamental sancionar este proyecto, ya que con pocos cambios lograríamos modificar sustancialmente la realidad de las personas en un derecho que es crucial para el desarrollo de la familia: la vivienda digna”. Más de 6,6 millones de personas se enfrentan a graves ajustes locativos o imposibilidad en el acceso al alquiler; los aumentos, las expensas, el mes de depósito, la comisión inmobiliaria, los gastos de certificación y garantía, hacen casi imposible el acceso a la vivienda. El proyecto de la Senadora García Larraburu fue acompañado por los Senadores, Catalán Magni, Cabral, Labado, Giménez, Blas, Godoy, Fernández Sagasti, Sacnun y Pilatti Vergara. Además recibió el apoyo de Pais, Mirkin, Itúrrez de Cappellini, Negre de Alonso, Kunath, Crexell, Fiore Viñuales, Boyadjian y Giacoppo. “Con esta propuesta los ajustes en los precios de los alquileres, sólo podrán realizarse de forma anual y con un índice promedio entre inflación y salario; por otra parte se extiende a tres años el plazo mínimo de los contratos, generando mayor estabilidad para las familias inquilinas”, concluyó la rionegrina.

 

¿Cuáles serían los cambios para los inquilinos?

 

- Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.

 

- Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de como sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).

 

- Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

 

- Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancarioseguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.

 

- Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos

 

Con relación a este ultimo punto, destacamos que  ha sido notable el avance en los últimos tiempos de lo que se conoce como desintermediación inmobiliaria. Ante los costos desproporcionados que vienen cobrando las inmobiliarias tanto a inquilinos como a los propietarios, existe una tendencia a la contratación directa entre propietarios e inquilinos, evitando pagar las exorbitantes comisiones. el fenómeno se ha visto facilitado por el uso de las redes sociales y los sitios de internet especializados. 

 

La locación directa entre propietarios e inquilinos, ahorra el costo de la comisión para el inquilino habitualmente un mes de alquiler entre muchos otros gastos, facilitando que puedan acceder al inmueble.

 

Fuente: Silvia García Larraburu e Infobae

 

¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA?
Ocurrió un error