Este domingo, cerca de las 10:30 horas, personal policial de la Comisaría Cuarta de Puerto Madryn intervino en un sector descampado del barrio Bardas II, Sector III, donde un grupo de personas estaba llevando adelante una carrera de galgos, actividad que está prohibida bajo la Ley Nacional N° 27.330
En el lugar se realizó un operativo tipo cerrojo con el personal de Fiscalía, Unidad Regional, Operaciones, Infantería, Canes, Policía Montada, Sección Motorizada y Brigada de Investigaciones.
Pudieron determinar que en la zona se encontraban cerca de 20 personas, las cuales fueron demoradas y se las procedió por la violación del Art. 205 del Código Penal.
Además, se convocó a inspectores y veterinarios de Zoonosis los cuales trasladaron a los caninos a la Seccional Cuarta de policía para su inspección.
En ese marco, lograron identificar 13 vehículos con sus respectivos ocupantes, todos con perros. En este marco, se procedió al secuestro de los vehículos y se detectó un total de 10 galgos.
También se secuestraron dispositivos de largada y otros elementos que usaban para manipular a los animales.
Los perros quedaron en resguardo en la dependencia policial hasta tanto sean reubicados por personal de Zoonosis conforme lo dispuesto por el Funcionario Fiscal de Turno.
¿Qué dice la Ley?
La ley 27.330 prohíbe la realización de carreras de perros en todo el país y prevé penas de tres a cuatro años de prisión a quien incumpliera la norma.
"Queda prohibido en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza", establece la norma en su artículo 1°.
En tanto, en su artículo 2° dispone que "el que por cualquier título organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, será reprimido con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000)". Asimismo, en su artículo 3° afirma que "esta ley se tendrá como complementaria del Código Penal".