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28 de Junio de 2021
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DNU: Nuevas medidas para Trevelin hasta el 12 de julio

Nuevas disposiciones de carácter normativo respecto al horario de circulación de personas y ejercicio de actividades económicas y de servicios en el ámbito de la jurisdicción municipal.

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La Dirección de Bromatología, Inspección e Higiene de la Municipalidad de Trevelin, hace saber a la comunidad que, en el marco de las atribuciones conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 482/21, el Departamento Ejecutivo Municipal ha resuelto establecer a partir del día 29/06/2021 y hasta el día 12 de julio del corriente año, nuevas disposiciones de carácter normativo respecto al horario de circulación de personas y ejercicio de actividades económicas y de servicios en el ámbito de la jurisdicción municipal.

 

 

 

HORARIOS DE CIRCULACIÓN.-

 

Las personas, en el ámbito de la jurisdicción de la localidad de Trevelin y Sus Parajes, podrán circular según la siguiente modalidad:

 

– Lunes a jueves: se podrá circular entre las 06:00 horas y 00:00 horas.

 

– Viernes a domingo: se podrá circular entre las 06:00 horas y 01:00 horas del día siguiente. 

 

Se establece una tolerancia para transitar de media hora aplicable únicamente a quienes retornen a sus lugares de residencia.

 

 

 

EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y DE SERVICIOS.-

 

Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios profesionales, servicios domésticos o de cuentapartistas o equiparables, podrán desarrollar su actividad bajo la siguiente modalidad y limite horario:

 

– Lunes a jueves, hasta las 00:00 Hs.

 

– Viernes a domingo, hasta las 01:00 Hs. del día siguiente.

 

Las farmacias, veterinarias y estaciones de servicios, podrán desarrollar su actividad sin limitación horaria.

 

En este marco, se recuerda a la comunidad que, conforme lo determina la Ordenanza Municipal Nº 1.654/18, en los meses de abril a septiembre, la venta de bebidas alcohólicas en almacenes, mini-mercados, supermercados, en cualquiera de sus presentaciones, está permitida hasta las 22:00 horas.

 

 

 

ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, SOCIALES Y RELIGIOSAS.-

 

Limitación de actividades:

 

1.- Deportivas que tengan lugar en el Polideportivo Municipal, como así también en toda dependencia de la Secretaría de Deportes y Recreación Municipal y/o las que se desplieguen en espacios públicos o privados abiertos o cerrados hasta un máximo de diez (10) concurrentes.

 

2.- Culturales que se desarrollen en todas las dependencias de la Secretaría de Cultura y Educación y/o las que se desplieguen en ámbitos privados afines o asimilabas hasta un máximo de diez (10) concurrentes, a excepción de las que se efectúen en el Salón Municipal de Cine (Espacio INCAA Trevelin). En éste último se podrán realizar actividades a un máximo del treinta por ciento (30%) de aforo.

 

3.- Eventos culturales en espacios públicos o privados abiertos o cerrados, a un máximo de diez (10) presentes. 

 

4.- Eventos sociales o familiares en espacios privados, abiertos o cerrados, a un máximo de diez (10) concurrentes.

 

5.- Las actividades religiosas y de culto se regirán por las previsiones contenidas en la Resolución Municipal Nº 378/21 DEM Trevelin.

 

 

Más información en: https://bromatologiatrevelin.gob.ar/mgp-dnu-482-21/

 

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