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19 de Agosto de 2022
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Etiquetado Frontal: A partir de mañana se implementarán los sellos en los productos

Los supermercados deberán exhibir productos con información sobre la cantidad de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio.

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Mañana las góndolas de los supermercados deberán comenzar a exhibir productos con el nuevo etiquetado frontal para informar el contenido sobre la cantidad de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio de cada alimento. 

 

"Es importante transmitir una vez más que la Ley 27.642 tiene como objetivo la promoción de una alimentación saludable; en ese contexto, el etiquetado frontal es solo una parte que busca dar la información para que las personas tomen las mejores decisiones y las empresas traten de readecuar sus productos en la medida que puedan", indicó Carla Vizzotti.

 

"En ese contexto se otorgaron prórrogas tal como establece la Ley, y muchas de éstas fueron para adecuar los productos. Esto es importante porque nuestro objetivo no es llenar de sellitos sino que sean más saludables", resaltó.

 

La Ley 27.642 de Etiquetado Frontal se sancionó en octubre de 2021 y en marzo de este año se publicó el decreto reglamentario 151/2022. Dicha normativa establece diferentes etapas para la colocación de sellos a los productos que tengan exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías.

 

El 20 de julio venció el pedido de prórroga para las grandes empresas, que se podía solicitar solo una vez y por un periodo de 180 días. En mayo de 2023 todos los productos que comercializan deberán tener los sellos en el caso de que corresponda.

 

Mientras que para las pequeñas y medianas empresas el plazo para pedir prórroga vence el 20 de enero de 2023. En febrero del año que viene deberán tener los sellos aquellos productos que no hayan recibido o pedido prórroga. En noviembre de 2023 deberá mostrarse el total de los sellos en los productos.

 

Los sellos establecidos por la ley se deberán colocar en el frente de los envases con las siguientes inscripciones:  "Exceso en azúcares"; "Exceso en sodio"; "Exceso en grasas saturadas"; "Exceso en grasas totales"; "Exceso en calorías".

 

Si tiene edulcorantes, el envase deberá indicar también los siguientes enunciados: "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as", al igual que si tiene cafeína deberá decir: "Contiene cafeína. Evitar en niños/as".

 

Los productos que tengan los excesos  mencionados no pueden tener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.

 

Tampoco pueden hacer enunciados sobre concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.

 

La Ley también señala que el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos de nivel inicial, primario y secundario del país.

 

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