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20 de Febrero de 2024
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Aberrante: Quedó en prisión imputado por abusar de su hija y dejarla embarazada

Los hechos ocurrieron desde octubre de 2017, cuando la víctima tenía diez años, hasta los primeros días de febrero de este año.

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En una audiencia de control de detención llevada a cabo en la sala de cámara penal de Tribunales de Trelew, el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general Claudia Ibáñez y la funcionaria de fiscalía Rocío Lorenzo, imputó graves hechos de abuso sexual a una persona en perjuicio de su propia hija. La audiencia fue conducida de manera virtual por el Juez Javier Allende.

 

El imputado, detenido el 9 de febrero pasado tras una denuncia presentada en la Comisaría de la Mujer el 8 de febrero, se entregó a la Seccional 3° de Policía el 18 de febrero. La Fiscalía relató los hechos que ocurrieron desde octubre de 2017, cuando la víctima tenía diez años, hasta los primeros días de febrero de este año. Durante este tiempo, el acusado abusó sexualmente de su hija en varios domicilios, aprovechándose de la relación asimétrica de poder existente entre ambos.

 

La joven, que quedó embarazada el año pasado como consecuencia de los abusos, se sometió a una interrupción legal de embarazo (ILE) en el centro materno de Trelew en septiembre de 2023. Según las autoridades, el padre insistía en que la decisión de realizar la ILE era de la joven. Los abusos continuaron incluso después del procedimiento, bajo amenazas de violencia hacia la madre y el tío de la víctima.

 

En la audiencia, se expuso que la joven estuvo encerrada en el último domicilio, sin posibilidad de contactarse con el exterior, situación observada por personal del Servicio de Protección al intervenir, quienes verificaron que estaba encerrada con candado y mostraba signos de miedo.

 

La calificación provisoria escogida por el Ministerio Público Fiscal es por el delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vínculo y la convivencia preexistente en la modalidad de delito continuado, así como privación ilegítima de la libertad en concurso real. Estos delitos están previstos en el artículo 119 3er y 4to párrafos incisos B y F, y artículos 141, 45 y 55 del Código Penal, enmarcados en la Ley 26485 de protección integral contra la violencia hacia la mujer.

 

La fiscalía indicó que están dados los elementos para la probabilidad de autoría y argumentó sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento, enumerando las medidas que se llevarán adelante en el transcurso de la investigación. En respuesta, la defensa solicitó una morigeración de la medida, sugiriendo arresto domiciliario o prohibición de acercamiento.

 

Finalmente, el Juez Javier Allende coincidió con el Ministerio Público Fiscal respecto al peligro de fuga y entorpecimiento, determinando la apertura de investigación y la prisión preventiva para el imputado, en principio por tres meses, debido a la gravedad de los hechos y la pena que podría imponerse en caso de probarse los cargos.

 

 

O.P

 

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