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20 de Octubre de 2026
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Guía de ARCA sobre transferencias: cuáles son los verdaderos límites y topes a considerar

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero precisó los parámetros a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben detallar movimientos, aclarando cómo operan los umbrales de control. 

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aclaró el funcionamiento de los regímenes de información aplicables a las transferencias y movimientos de dinero a través de entidades financieras y proveedores de servicios de pago. Desde el organismo precisaron que la obligación de suministrar los datos corresponde a las empresas del sector y no a los usuarios particulares, por lo que no es necesario realizar ningún trámite específico ante la entidad fiscalizadora.

 

Asimismo, se detalló que el umbral de 2.500.000 pesos por transferencia no representa un límite operativo para realizar transacciones ni genera una investigación o fiscalización automática. Dicha cifra funciona como una pauta de reporte que se activa únicamente si el usuario supera en simultáneo los umbrales de movimientos mensuales generales.

 

En ese aspecto, los parámetros mensuales fijados para que las entidades informen las operaciones se ubican en 50.000.000 de pesos para personas humanas y 30.000.000 de pesos para personas jurídicas, considerando ingresos, egresos o saldos finales. Las transferencias entre cuentas de un mismo titular también se suman al cómputo total, siempre y cuando se alcancen los montos estipulados. Por el contrario, los pagos llevados a cabo mediante códigos QR se encuentran excluidos del parámetro individual de 2.500.000 pesos.

 

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