Un grupo de matriculados de Esquel y Lago Puelo, representados por los abogados Paula Belén López y Santiago Carlen, presentó una acción de amparo contra el Directorio del Colegio de Ingenieros y Técnicos Industriales de Chubut por la forma en que se designaron los nuevos delegados.
Explicaron que la situación comenzó en agosto, cuando se hizo un llamado a elecciones en el que se pidió la presentación de ternas.
Desde ese momento, señalaron, hubo dudas porque el llamado indicaba que las ternas serían elegidas directamente por el Directorio en Rawson. Finalmente así ocurrió.
El Directorio eligió una de las ternas sin realizar una votación directa entre los matriculados, como -aseguran- se venía haciendo históricamente.
"Hay una diferencia enorme entre que se presente una sola terna y que esa terna sea validada o proclamada, y que se presenten dos ternas y el Directorio elija una sin dar ninguna explicación. Hasta el día de hoy ningún matriculado tuvo una respuesta de por qué eligieron a una terna y no a la otra", explicó Paula López.
Agregó que de las dos ternas, una no respetaba la paridad de género, a pesar de contar ambas con avales.
A partir de eso, los matriculados decidieron iniciar la acción judicial. Santiago Carlen detalló el argumento central del amparo:
"Un grupo grande de matriculados se acercó con la preocupación de que se instaure nuevamente un sistema de dedocracia. El Directorio incumple la ley que regula la colegiatura. En vez de hacer un voto por elección directa y secreta como dispone la ley a partir de la modificación de 2022, con el artículo 34 que dice que los delegados y subdelegados deben ser elegidos por los matriculados de la zona por elección directa y secreta, volvieron al sistema de ternas".
Según Carlen, en la ley existe una antinomia: una contradicción entre dos artículos. La norma vieja permitía al Directorio elegir de las ternas propuestas, algo que se justificaba cuando había muy pocos matriculados por jurisdicción. Pero la reforma de 2022 establece específicamente el voto directo.
"Cuando hay una antinomia se aplican los principios generales del derecho: ley posterior deroga ley anterior y ley especial deroga ley general. Acá se cumplen las dos. Hay una ley posterior y especial que dice cómo se deben elegir los delegados. El Directorio tiene asesoría legal y venía aplicando bien la ley hasta que decidió cambiarlo", sostuvo.
Lo que piden en el amparo es que se anulen las resoluciones del Directorio que dispusieron la elección por ternas y que se realice una nueva convocatoria a elecciones por sistema democrático de listas y votación directa, con respeto a la paridad de género.
Los plazos judiciales
El amparo ya fue admitido por la jueza del Juzgado Contencioso Administrativo de Esquel.
El Directorio tiene un plazo de 8 días hábiles -5 más 3- para contestar la demanda. Además, se le dio un plazo más breve para producir un informe sobre la medida cautelar solicitada.
Esa cautelar pide que se suspendan las designaciones de los delegados y subdelegados elegidos por el Directorio hasta que se resuelva la cuestión de fondo, para evitar que tomen decisiones que luego deban anularse.
La jueza también ordenó al Colegio publicar en su página web y en todas las delegaciones que existe un amparo colectivo en trámite en Esquel, para que todos los matriculados estén informados.
Según indicaron los abogados, hasta las 11 de la mañana de hoy esa publicación aún no se había realizado.