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02 de Noviembre de 2020
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Circulación por DNI en Esquel: La resolución completa

Desde la Municipalidad de Esquel dieron a conocer las medidas que acompañan la nueva modalidad de circulación en la ciudad por el término de 14 días.

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Desde este martes 3 de noviembre comienza a regir en Esquel la circulación por terminación de DNI.

 

Desde la Municipalidad de Esquel, dieron a conocer la resolución que establece las medidas que acompañarán durante 14 días la metodología de circulación en la ciudad.

 

 

RESOLUCIÓN N 1588 /2020

 

VISTO:

 

La situación epidemiológica en la ciudad de Esquel a partir de la confirmación de resultados positivos para COVID-19 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que debido a la confirmación de los casos positivos de COVID-19 indicado en el visto, muchas personas que trabajan en los sistemas de salud de la ciudad, tanto público como privado, deben realizar aislamiento preventivo.

 

Que por ello estas personas como sus contactos estrechos no pueden concurrir a sus lugares de trabajo hasta tanto transcurran los 14 dias de aislamiento preventivo.

 

Que producto de esta situación se han visto afectadas la capacidad de atención de pacientes tanto en el Hospital Zonal de Esquel como en clínicas privadas de la ciudad. Que el Hospital Zonal de Esquel es el único centro de atención de alta complejidad en la región.

 

Que producto de la aparición de casos positivos de COVID-19 en la región se prevé un aumento significativo de la demanda de atención de pacientes con síntomas o confirmados.

 

Que ante esta situación en el sistema de salud local, las autoridades de Årea Programática Noroeste recomiendan medidas que minimicen los riesgos de propagación del virus.

 

Que las medidas recomendadas tienen como finalidad cortar la cadena de contagios de COVID-19 y evitar la circulación comunitaria del virus y así atenuar las consecuencias sanitarias respectivas para posibilitar la vuelta a Fase 5 lo antes posible Que las medidas recomendadas tienen como finalidad evitar la circulación comunitaria del virus y asi atenuar las consecuencias sanitarias respectivas,

 

Que es necesario dictar el instrumento legal correspondiente.

 

 

POR ELLO:

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ESQUEL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI-46 

 

RESUELVE:

 

ART. 1: Restrínjase a partir del dia 3 de noviembre de 2020 la circulación de personas dentro de la ciudad de Esquel en el horario de 6 a 24 horas según el siguiente esquema:

 

Personas cuyo DNI termine en número par y cero: dias lunes miércoles y viernes Personas cuyo DNI termine en número impar dias martes, jueves y sábado. Los dias domingo no habrá restricciones de circulación según el número de DNI.

 

ART. 2: Quedarán exceptuados de la circulación por DNI toda persona que presente un certificado que indique dia y horario de su actividad laboral, cultural, deportiva o de educación no formal, el cual será emitido por sus empleadores y o responsables de las mencionadas actividades. Para ser válidos los certificados deben contener los dias, horarios y domicilio laboral y/o de la actividad a desarrollar.

 

ART 3: Cuentapropistas, empleadas domésticas y trabajadores independientes podrán justificar su circulación en la via publica los dias no correspondientes a su DNI contra presentación de un certificado presentado por su empleador o contratante. Para ser válidos los certificados deben contener los dias, horarios y domicilio laboral.

 

ART. 4: La presente norma tendrá vigencia hasta el dia 17 de noviembre de 2020 inclusive.

 

ART 5: El incumplimiento a las presentes disposiciones harán pasible a los Infractores de las sanciones establecidas tanto a nivel nacional, provincial como municipal destinadas a impedir la introducción o propagación del virus COVID-19.

 

ART. 6: Recomiendese a los organismos públicos y privados de la ciudad establecer sistemas de trabajo por equipos, en horarios cruzados que permita una menor ocupación de las oficinas, elaborar esquemas de emergencia y verificar el mantenimiento las medidas sanitarias contra el COVID-19. A si mismo se recomienda la implementación de atención por turnos a la ciudadania respetando el DNI

 

ART 7 Solicitase al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Chubut la asistencia de la Policia Provincial a los efectos de realizar los controles correspondientes en el ejido urbano, en las rutas y caminos de acceso a la ciudad.

 

ART. 8: Registrese, Comuniquese, dése al Boletin Municipal y cumplido

 

archivese. -

 

Esquel, 2 de noviembre de 2020

 

 

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