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25 de Agosto de 2020
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Ya es oficial el aumento de jubilados para septiembre

Se trata de una suba del 7,5% en los haberes de los pasivos. También tendrán subas las Asignaciones Familiares y otras prestaciones.

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El Gobierno nacional oficializó la suba de las jubilaciones y pensiones nacionales mediante el decreto 692/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

 

 

“Dispónese que todas las prestaciones previsionales a cargo de la Administración de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, los destinatarios y las destinatarias de las pensiones no contributivas y graciables que refieran a la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias y a la Pensión Honorífica del Veterano de Guerra, tendrán un incremento equivalente a 7,50 % sobre el haber devengado correspondiente al mensual agosto de 2020”, consigna el decreto en su artículo primero.

 

 

De esta manera, el haber mínimo pasará a ser de $18.129, mientras que el máximo será de $126.897.

 

 

Con el último incremento anunciado por el gobierno de Alberto Fernández la jubilación media se incrementará un 24,6% en el año, mientras que la inflación estimada será cercana al 22%.

 

 

La nueva suba, hace que cerca del 85% de lo jubilados reciban incrementos en sus haberes por encima de la inflación acumulada en lo que va del 2020.

 

 

Asignaciones familiares

La medida también impacta desde septiembre y en el mismo porcentaje, sobre las Pensiones No Contributivas (PNC), la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y las asignaciones familiares.

 

Además se actualizan en un porcentual equivalente los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las Asignaciones Familiares, el monto mínimo y máximo de la remuneración imponible; las rentas de referencia de los trabajadores autónomos; los valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales; las prestaciones previsionales otorgadas a los investigadores científicos y tecnológicos; las cuotas pendientes de pago de los Acuerdos Transaccionales suscriptos en el marco de la Reparación Histórica, y los pagos pendientes de los Regímenes de Regularización de Deudas Previsionales.

 

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