22 de Septiembre de 2020
sociedad |

La Cámara de Proveedores Mineros se dirigió a la comunidad

Lo hizo a través de un comunicado de prensa

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A través de un comunicado de prensa, la Cámara de Proveedores Mineros de Chubut Centro Oeste, se expresó respecto a las declaraciones emitidas días atrás por la edil de Chubut al Frente, Valeria Saunders, respecto a reuniones mantenidas con vecinos autoconvocados por el No a la Mina.

 

 

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El comunicado:

 

 

Ante las recientes declaraciones de la Sra. Valeria Saunders Concejal del partido “Chubut al Frente” de la Ciudad de Esquel, La comisión directiva de la Cámara de Proveedores Mineros de Chubut Centro-Oeste con sede social en la Ciudad de Esquel, desea manifestarle a sus asociados y a la comunidad toda:

 

 

  • Que nuestra Cámara de Proveedores Mineros, hoy objeto de ataques mediáticos por parte de un sector político, está compuesta LEGALMENTE y posee personería jurídica para funcionar como tal.

 

 

  • Que la Personería Jurídica de nuestra Asociación fue AUTORIZADA por la Inspección General de Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chubut.

 

 

  • Que el Artículo 14 de la Constitución Nacional Afirma que, “… todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conformes a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria licita… (como lo es la actividad minera regulada en nuestro país por leyes vigentes y por un Código Nacional de Minería) y de asociarse con fines útiles…”.

 

 

  • Que la Constitución Nacional en el Articulo 75 le atribuye la responsabilidad al Congreso de la Nación la de Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social y ni las provincias ni municipios pueden suspender la observancia de los derechos y garantías establecidos de los mismos.

 

 

  • Que la Constitución Nacional en el Artículo 126 reza que “...Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio, o navegación interior o exterior; ni dictar los códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería, después de que el Congreso los haya sancionado...” Mucho menos podría hacerlos el Concejo Deliberante de nuestra ciudad o desconocerlo.

 

 

  • Que la conformación de nuestra INSTITUCIÓN está contemplada y avalada por el Código Civil y Comercial de la Nación en los Artículos 141 y 148 Inc. b) y que en cumplimiento de las leyes nacionales como así también del Código antes mencionado, fuimos autorizados por la autoridad de aplicación para funcionar como tal.

 

 

  • Que es competencia de la Inspección General de Justicia la de autorizar y FISCALIZAR las Asociaciones tal como está dispuesto en el Artículo 10 de la Ley Nacional N° 22.315 y no competencia del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Esquel.

 

 

  • Que la Provincia del Chubut como integrante de la República Argentina en el Artículo 6 de la Constitución Provincial reafirma “… La Libertad e igualdad de todas las personas…” “… Asimismo asegura la libertad del trabajo, industria y comercio…”.

 

 

  • Que el Artículo 17 de la Constitución Provincial afirma que “…En ningún caso el Gobierno de la Provincia puede suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación, ni la vigencia efectiva de las garantías y derechos establecidos en ambas…” y tampoco podría hacerlo el Honorable Concejo Deliberante de nuestra Ciudad.

 

 

  • Que la Constitución de la Provincia del Chubut en su Artículo 18 Inc. 6 Indica que Todos los habitantes de la Provincia gozamos de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional y la presente, “a elegir y ejercer su profesión oficio o empleo” y en el Inc. 7 “a asociarse con fines útiles” en sintonía con el Artículo 14 de la Constitución Nacional.

 

 

  • Que el Artículo 37 de la Constitución de la Provincia del Chubut asegura “…la constitución de asociaciones...” afirmando que estas “…solo pueden ser INTERVENIDAS conforme a la ley y tienen los recursos correspondientes ante la justicia. Ninguna asociación es disuelta en forma compulsiva sino en virtud de sentencia judicial…”

 

 

  • Que los Artículos 91; 99; 102 y 103 de la Constitución de la Provincia del Chubut promueven el APROVECHAMIENTO de los recursos minerales en todo el territorio, y la conformación de nuestra Asociación es la de representar a profesionales, comerciantes y prestadores de servicios para tal actividad, que hoy es el principal sostén económico provincial, siendo que Chubut, ha sido y es una PROVINCIA MINERA.

 

 

  • Que, habiendo creado LEGALMENTE dicha asociación, hoy objeto de ataques mediáticos de parte de un sector político, hemos puesto a la MINERÍA como un tema de agenda en la sociedad; ya que diariamente recibimos consulta sobre posibilidades de empleo, capacitación e interesados en formar parte de nuestra cámara; y esto habilita a políticos, que deberían estar cumpliendo sus funciones y sin embargo viven haciendo campaña política, a levantar una bandera ideológica usando métodos antidemocráticos y discriminatorios hacia nuestra entidad.

 

Con todo lo expuesto, queda en evidencia que el único objetivo de los señores Concejales del “Partido Chubut Al Frente” de la Ciudad de Esquel es la de DESVIAR la atención de los verdaderos problemas que acarrea la Ciudad de Esquel.  Y esta comisión Directiva se pregunta… ¿Es más importante firmar una declaración, que no tiene sustento técnico ni legal, y que no le cambiara la vida a ningún esquelense antes que resolver los problemas habitacionales, de salud, económicos y laborales de nuestros vecinos?

 

Para finalizar, esta Comisión Directiva le INFORMA a todos los asociados, que la “declaración” que se pretende tratar no tiene, ni tendrá, ninguna injerencia en nuestro funcionamiento institucional, y que como afirmamos más arriba se trata de una DECLARACIÓN POLÍTICA sin sustento legal, producto del apriete de grupos minoritarios, antidemocráticos que se arrogan la representatividad del PUEBLO, amparándose en el plebiscito del 2003 donde muchos de los que hoy apoyan la actividad minera, disconformes con la falta de información, votaron en contra de un proyecto particular, en una consulta que no fue ni obligatoria ni vinculante. No están rechazando a una actividad industrial, están rechazando a vecinos de bien, profesionales, comerciantes, prestadores de servicio, que OPINAMOS DISTINTO, que pagamos impuestos y nos encuadramos dentro del marco de la ley.

 

 

Atte:

 

Comisión Directiva de la Cámara de Proveedores Mineros de Chubut Centro Oeste.

 

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