RED43 pais 09 de Marzo de 2022 09 de Marzo de 2022 pais | Hace 3 años - Por Redacción Red43 País Pensión para familiares de fallecidos por Covid: Cuáles son los requisitos para cobrarla Equivale a dos jubilaciones mínimas se paga a través de la ANSES. Por Redacción Red43 Escuchar esta nota A+ A- La prestación previsional especial parra familiares de fallecidos por coronavirus fue establecida en junio de 2020. Se paga a través de las ANSES. Es una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad El gobierno nacional ahora realizó una serie de aclaraciones sobre quiénes y bajo que condiciones se puede cobrar está "pensión vitalicia". La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020. Se trata de un monto graciable, para toda la vida, equivalente a dos jubilaciones mínimas. La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales. Solo pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos: Esposo/a conviviente Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad Personas a cargo del trabajador fallecido. El monto consiste en la suma de $65.260, tomando la última actualización a marzo de 2022 de las jubilaciones Está destinada a: Trabajadores de la salud pública y privada Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc.) Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada) Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios) Empleados de correo Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios Trabajadores de migraciones Pasos para realizar el trámite: Se debe iniciar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber. Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país. No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones. No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial. Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica. Fuente: Ámbito Financiero ¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA? 1 4 {{positivos}} {{negativos}} Ocurrió un error