RED43 pais
09 de Marzo de 2022
pais |

Pensión para familiares de fallecidos por Covid: Cuáles son los requisitos para cobrarla

Equivale a dos jubilaciones mínimas se paga a través de la ANSES.

Escuchar esta nota

La prestación previsional especial parra familiares de fallecidos por coronavirus fue establecida en junio de 2020. Se paga a través de las ANSES.

 

Es una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad

 

 El gobierno nacional ahora realizó una serie de aclaraciones sobre quiénes y bajo que condiciones se puede cobrar está "pensión vitalicia".

 

La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Se trata de un monto graciable, para toda la vida, equivalente a dos jubilaciones mínimas.

 

 La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales.

 

Solo pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos:

 

  •  Esposo/a conviviente
  • Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
  • Personas a cargo del trabajador fallecido.
  • El monto consiste en la suma de $65.260, tomando la última actualización a marzo de 2022 de las jubilaciones

 

Está destinada a: 

 

  • Trabajadores de la salud pública y privada
  • Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc.)
  • Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada)
  • Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios)
  •  Empleados de correo
  •  Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios
  • Trabajadores de migraciones

 

Pasos para realizar el trámite:

 

  • Se debe iniciar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber.
  • Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país.
  • No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
  •  No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
  •  Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.

 

 

Fuente: Ámbito Financiero

 

¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA?
Ocurrió un error