La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en julio los montos máximos que pueden manejar los usuarios de billeteras virtuales y pagos electrónicos sin tener la necesidad de notificar a la AFIP el origen de sus ingresos.
Habrá una actualización cada seis meses según lo que publique el INDEC del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), y se modificó con la intención de simplificar procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información.
Hasta qué monto se puede transferir sin que investigue la AFIP
Los usuarios de las billeteras virtuales como Mercado Pago y Cuenta DNI deberán prestar atención al monto que trasfieren al hacer operaciones, al igual que como cobros y consumos. Según lo informado, los usuarios que mantengan ingresos o egresos que superen los $400.000 en septiembre, podrán ser notificados. En saldos mensuales registrados para el próximo mes, no tendrán que superar los $700.000
Qué hacer si me notifica la AFIP
Si el ente regulador envía una alerta por exceder los límites, evaluará la situación fiscal de los contribuyentes, buscará si el origen del dinero es lícito o no y en caso de que no, pedirá la siguiente documentación:
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas emitidas en los últimos seis meses.
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
Igualmente, la AFIP puede tomar la decisión de cerrar la cuenta de los usuarios y mandar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
E.H