La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de venta, distribución y uso de una serie de productos cosméticos, de limpieza y médicos, al detectar graves incumplimientos en sus registros sanitarios. Las medidas fueron oficializadas a través de diversas disposiciones publicadas en el Boletín Oficial y buscan prevenir riesgos para la salud pública derivados de la comercialización de artículos no autorizados ni fiscalizados.
Una de las disposiciones más relevantes es la 4702/2025, que prohíbe el “Sérum potenciador de cejas y pestañas” de la marca Biolash, ofrecido a través de tiendas online y redes sociales sin haber sido previamente aprobado por la autoridad regulatoria. Según informes del área de Cosmetovigilancia de ANMAT, el producto circulaba sin registro, sin respaldo sobre su origen ni pruebas de cumplimiento con los ingredientes permitidos por normativa vigente.
Ante esta situación, se activaron mecanismos de control y monitoreo para dar de baja las publicaciones y evitar su reaparición en el mercado digital. La prohibición se aplica a todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, y regirá hasta que se obtenga el correspondiente aval sanitario.
Otra disposición, la 4703/2025, apunta a los artículos de la marca SEIQ GROUP S.A., cuyos productos de limpieza tampoco cuentan con autorización oficial. Entre ellos se identificaron artículos como desinfectantes, limpia alfombras, destapa cañerías, insecticidas, detergentes, suavizantes, y productos para autos y muebles.
Uno de los productos observados fue el “Desinfectante SEIQ. Limpiador Líquido Desinfectante. Uso Profesional”, cuya etiqueta mencionaba como fabricante a la firma FANC S.A., aunque esta negó cualquier vínculo con el producto. La empresa incluso informó haber solicitado que sus datos no se usaran en etiquetas sin autorización.
Las autoridades sanitarias de la provincia de Buenos Aires confirmaron que no existe registro ni habilitación para la empresa ni para los productos comercializados. Como consecuencia, se inició un sumario sanitario contra SEIQ GROUP y su responsable técnico por violación a las normativas sobre producción, promoción y comercialización de domisanitarios.
En paralelo, la Disposición 4701/2025 dispuso la prohibición total sobre los productos médicos ofrecidos por Biovand Group SRL, empresa con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La investigación fue impulsada tras una denuncia de la Cámara de la Industria Traumatológica, que alertó sobre la oferta de insumos médicos importados con precios sospechosamente bajos y sin aval legal.
Las inspecciones realizadas por el Departamento de Control de Mercado revelaron que la empresa no tenía stock en sus instalaciones, no presentó documentación válida y operaba con un CUIT diferente al registrado oficialmente. Además, el supuesto proceso de cambio de razón social invocado por la compañía se encontraba vencido desde febrero de 2024.
Durante una segunda inspección en marzo, los responsables impidieron el ingreso de los inspectores, lo que fue considerado una falta grave. Frente a la imposibilidad de validar la procedencia, la legalidad y la seguridad de los productos, ANMAT decidió prohibir su uso y comercialización en todo el país.
Las disposiciones emitidas fueron notificadas a las autoridades sanitarias de todas las jurisdicciones, y se instruyó a los organismos competentes para llevar a cabo el retiro de los productos del mercado y reforzar los controles sobre nuevas publicaciones o ventas digitales.
En todos los casos, las medidas buscan proteger la salud de los consumidores, frente a productos que carecen de los controles mínimos exigidos por la legislación vigente, no ofrecen garantías de seguridad ni eficacia, y podrían representar un riesgo para los usuarios.
R.G.