29 de Abril de 2020
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El HCD de Gobernador Costa aprobó las "salidas recreativas"

De esta manera, se transforma en la única localidad de Chubut en adherir al decreto presidencial.

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El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de Gobernador Costa, aprobó por unanimidad la autorización a realizar las salidas recreativas.

 

 

La decisión, estuvo enmarcada en el decreto del Presidente de la Nación, Alberto Fernández, por la emergencia sanitaria.

 

 

 

La decisión, se basa en que “si bien no existe al momento del tratamiento de la presente norma, decreto provincial alguno que establezca los Municipios donde regirá la excepción al estado de aislamiento, ha tomado estado público una nómina que no incluye a la Municipalidad de Gobernador Costa”.

 

 

“Resulta entonces claro que quienes tienen el poder reglamentario sobre lo previsto en el Artículo 8° son las autoridades municipales; que encontrándose los casos de riesgo debidamente identificados en permanente observación y con el debido control de las medidas de aislamiento, y encontrándose blindados los ingresos a la localidad, no existen objeciones ni riesgos para avanzar en la aplicación de las salidas recreativas”, reza el escrito.

 

 

"Puedan tener una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, de lunes a viernes de 13 a 17, utilizando los siguientes circuitos de espacios abiertos:

 

a) Barrio Malvinas: Campo de Jineteadas y senderos del Cerro

 

b) Zona Sur Oeste: Campo del Club Hípico - Lote Pastoril N° 53 (San Cayetano) - Reserva Municipal.

 

 

Las siguientes zonas se establecen como no permitidas para la circulación de transeúntes ejerciendo la salida de Esparcimiento:

 

c) Plazas;

 

d) Avenida Julio A. Roca y Ruta Nacional N° 40;

 

e) Playones (Municipales y de Escuelas);

 

f) Sector Subrural del Sector Norte B Campos Deportivos;

 

g) Espacios baldíos (conocidos como "canchitas") de concurrencia habitual de Menores y Adolescentes”.

 

 

 

Los menores de edad podrán salir en compañía de una persona mayor con la que conviva usando en ambos casos cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero de manera obligatoria, “en este caso sigue rigiendo la prohibición del ingreso de los menores de edad a establecimientos comerciales”, aclara la ordenanza.

 

 

Inspectoría Municipal y la Guardia Urbana serán los encargados de ejercer las actividades de contralor, “pudiendo ordenar el regreso a su hogar de personas que se encuentren en espacios no habilitados, o que se acredite salidas por un mayor término del permitido, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando los hechos así lo ameriten”.

 

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