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09 de Junio de 2021
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Ley de Talles: Hay cambios para consumidores y fabricantes

Hoy se publicó en el Boletín Oficial la vigencia de la Ley de Talles en todo el país. 

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El presidente Alberto Fernández firmó este miércoles, el Decreto 375/2021 que se publicó en el Boletín Oficial donde se aprueba la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)”.

 

Se trata de una medida que rige para los comercializadores de indumentaria nacional o importada, de manera presencial, a distancia o por medios electrónicos. La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.

 

Por lo que se excluyó: la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de las consumidoras y los consumidores; los accesorios de vestir (tales como: corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

 

Con respecto al Estudio Antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas sobre las que se basará la Ley de Talles, el Gobierno encomendó al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), su realización dentro del plazo de 240 días, “el cual podrá ser prorrogado por decisión fundada de la autoridad de aplicación”.

 

Además la normativa crea un Consejo Técnico Consultivo, cuya función será la de pronunciarse, “sin efecto vinculante”, sobre cuestiones relevantes que le solicite la autoridad de aplicación, en lo referente a la implementación y difusión del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria.

 

 

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