03 de Enero de 2020
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Declararon la emergencia hídrica en Lago Puelo

La drástica decisión fue tomada a raíz de la grave situación de acceso al agua por parte de vecinos de la localidad.

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A través de la Resolución Municipal 1718/19 del Poder Ejecutivo, la Municipalidad de Lago Puelo declaró la Emergencia Hídrica ante la grave situación de acceso al agua por parte de vecinos de la localidad. Con fecha 27 de diciembre de 2019, en sus considerandos contempla la problemática en el servicio que afecta a gran parte de la población.

El ejido de Lago Puelo está atravesando una profunda crisis que pone en grave riesgo la continuidad de la prestación de los servicios indispensables de acceso al agua para vecinos de Paraje Las Golondrinas y Cerro Radal.

Dicha situación tiene origen no sólo en temas ambientales, sino también en déficits de infraestructura del sistema de redes de agua de jurisdicción municipal. Además, han verificado en la última semana diferentes acciones de vandalismo que han afectado profundamente la capacidad de distribución del agua en los parajes mencionados, con rotura de caños y llaves de paso, y el robo de bomba de agua en Golondrinas denunciados ante la Policía oportunamente.

Ante el déficit del sistema de agua, las altas temperaturas y la afluencia masiva de turistas, es necesario tomar los recaudos y previsiones a fin de garantizar el abastecimiento y reservas de agua en el ejido Municipal, promoviendo la articulación de las diversas instituciones y Organismos Oficiales en el territorio a través de la junta Municipal de Defensa Civil.

En su parte Resolutiva, la 1718/19 determina:

 

Artículo 1°) Declarar la emergencia hídrica en la municipalidad de Lago Puelo, a partir del día 31 de diciembre del año 2019, y por un plazo de treinta (30) días.

Artículo 2°) Establecer que durante el plazo de vigencia de la presente emergencia, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá poner en funcionamiento mediante adquisición o reparación las bombas de aguas faltantes.

Artículo 3°) Coordinar con la junta municipal de Defensa Civil a través de la Secretaría de Gobierno el pleno abastecimiento de reservorios de agua en los Parajes Golondrinas y Cerro Radal, garantizando el combustible necesario para los vehículos afectados de las distintas dependencias y organismos convocados.

Artículo 4°) Facultar al Departamento Ejecutivo, podrá durante la vigencia de la emergencia, efectuar contrataciones directas de bienes y servicios esenciales para la prestación de los servicios públicos y el cumplimiento de las funciones básicas a cargo del municipio, con conocimiento del Concejo Deliberante.

Artículo 5°) Facultar al Departamento Ejecutivo a gestionar ante el Gobierno de la Provincia del Chubut y el Gobierno Nacional programas y partidas presupuestarias con la finalidad de abordar esta emergencia HÍDRICA.

Artículo 6°) Establecer que el Departamento Ejecutivo podrá suspender total o parcialmente la vigencia de la presente Emergencia Municipal , siempre y cuando se hayan logrado total o parcialmente los objetivos perseguidos con su declaración.

Artículo 7°) Comuníquese, Publíquese, Archívese.

 

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