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29 de Mayo de 2025
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Justicia prioriza la protección de una niña y frena contacto con padre violento

La Justicia rechazó el contacto de un hombre con “perfil narcisista” que violó prohibiciones judiciales para ver a su hija.

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En un fallo que prioriza el interés superior de una niña y la perspectiva de género, la Justicia impidió que un hombre con antecedentes de violencia estableciera un régimen de comunicación con su hija, a quien reconoció años atrás. La decisión fue dictada en primera instancia por el Juzgado de Familia de El Bolsón en febrero y confirmada por la Cámara de Apelaciones de Bariloche el 27 de mayo.

 

El caso

El hombre, ex pareja de la madre de la niña, solicitó formalmente un régimen de comunicación con la menor. Sin embargo, la madre, representada por la Defensa Pública de El Bolsón, se opuso a la demanda, señalando un historial de violencia por parte del hombre y la ausencia de un vínculo afectivo genuino. Además, advirtió que existían medidas judiciales vigentes que prohibían el acercamiento del hombre a la familia.

 

Según la defensa, la intención del hombre era mantener una influencia perjudicial sobre la niña y ejercer control indirecto sobre la madre, descalificándola y desobedeciendo decisiones judiciales que buscaban proteger a ambas.

 

Argumentos judiciales

La jueza del Juzgado de Familia de El Bolsón fundamentó su fallo en la evidencia aportada, destacando que “el bienestar de la niña es lo que orienta la cuestión”. La magistrada señaló que el demandante exhibía un “marcado perfil narcisista” y que sus acciones, como intentar contactarse con la niña en su escuela violando prohibiciones judiciales, no respondían a un interés afectivo legítimo.

 

 

Los informes periciales y antecedentes penales vinculados al hombre, sumados al hecho de que la niña ya mantenía vínculo con su padre biológico, fueron determinantes para concluir que admitir la comunicación colocaría a la niña en el centro de un conflicto adulto, con riesgo de afectar su desarrollo moral y psicológico.

 

El defensor de la madre destacó que esta resolución preserva “el respeto a la intimidad de la familia que conforman la demandada y su hija”.

 

Perspectiva de género y derecho a la identidad

El hombre apeló la decisión, pero la Cámara de Apelaciones de Bariloche ratificó el fallo inicial. El tribunal resaltó que la legitimidad del reclamo debe fundamentarse no solo en el deseo del adulto, sino en la búsqueda de una vinculación sana y enriquecedora para la niña, algo que en este caso no se demostró.

 

Además, la Cámara puso especial énfasis en el “reconocimiento complaciente”, que implica que el hombre reconoció a la niña sabiendo que no era su padre biológico, vulnerando así el derecho a la identidad de la menor. Este punto, junto con el contexto de violencia sufrido por la madre y la niña, fue analizado desde una perspectiva de género, subrayando la importancia de evitar cualquier forma de revictimización.

 

Abuso de derecho en contextos de violencia

Para la Defensa Pública, este caso evidencia un claro abuso de derecho, cuando una persona usa lo que considera un “derecho legítimo” para perpetuar situaciones de violencia y control.

 

 

O.P

 

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