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20 de Marzo de 2017
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Todos a juicio: acusados por presunta defraudación a la administración pública

Siete de los diez imputados esperan la realización del juicio.Los tres restantes fueron sobreseídos por el juez de la audiencia preliminar, la decisión fue cuestionada por la Fiscalía.

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Siete de los diez imputados esperan la realización del juicio hace un año. Los tres restantes fueron sobreseídos por el juez de la audiencia preliminar, la decisión fue cuestionada por la Fiscalía ante el Superior Tribunal de Justicia y esta queja, se resolvió de modo favorable. En la continuidad a la audiencia preliminar, el juez Martín O’ Connor rechazó los nuevos pedidos de sobreseimiento ensayados por las defensas y declaró abierta la etapa de juicio. De no haber modificaciones, el debate se realizaría a partir del 5 de junio.
La acusación investigó lo ocurrido entre el 24 de noviembre y el 07 de diciembre de 2011, en circunstancias en que, los Concejales Héctor Jorge Bustos, Gladys Raquel Austin, Jorge Alberto Pereyra, Alejandra Cecilia Ocampo, Irma Díaz y María Roxana Novella, por entonces Concejales de la localidad, infringiendo las disposiciones que sobre la tierra fiscal establece la Ley XVI N° 46 y la Ordenanza N° 571/08 y sus modificatorias y sin perjuicio de haber resuelto en septiembre de ese mismo año la suspensión de venta de terrenos hasta la finalización del período electivo, aprobaron la Ordenanza N° 742/11y N° 751/11 por la que autorizaron primero al Departamento Ejecutivo Municipal, la venta de las parcelas fiscales individualizadas como Circunscripción 1 Sector 1 Fracciones 51 y 52 del ejido de Corcovado a la Sra. María Josefa Larrea por la suma total de $ 1.513.177 y 13 días después, autorizaron a la adquirente –María Josefa Larrea-, a ceder, vender o transferir esos derechos a terceros, a sabiendas entre otras cosas que la Sra. Larrea no vivía en la localidad de manera efectiva hacía varios años, no era ocupante de esas tierra, era propietaria de otras propiedades en la localidad, no las adquiría con la finalidad de destinarla a vivienda única familiar, excedía el predio las dimensiones cuya transferencia se permite, se lo hacía por un precio que no se correspondía con los parámetros fijados por la reglamentación de tierras fiscales y por las circunstancias propias de la tierra (dimensión ubicación, etc.) y no se había cancelado el pago. (Ver hechos 2 y 3)
En la nueva audiencia preliminar, los abogados defensores de los inversores y de la pobladora, volvieron a solicitar que se dicte el sobreseimiento, esta vez ante un nuevo juez, el Dr. Martín O’Connor. El magistrado escuchó los planteos de los Dres. Fabian Gabalachis y Martín Iturburu Moneff y la postura de la fiscal Fernanda Révori, analizó la situación y dio a conocer sus conclusiones el viernes pasado en horas de la tarde.
El juez antes de realizar el análisis puntual del caso, puso en claro el marco procesal aplicable. Indicó que, para remitir el caso a juicio, tiene que haber probabilidad de que el imputado sea autor o partícipe. “Para que un Juez dicte un sobreseimiento se requiere de una certeza de que la acusación no logrará – en modo alguno- ser probada en juicio… Creo y reafirmo al juicio oral, público y contradictorio como el momento principal y crucial del proceso. Allí todo es dicho y todo es oído. Allí la decisión jurisdiccional –un acto de gobierno, al fin y al cabo- es pública. Allí la víctima puede hacer su catarsis, escuchar a los testigos y entender la decisión de un juez, aun cuando pueda no compartirla. Allí es donde se ejercen con plenitud todos los derechos constitucionales del acusado. Y allí si, al final del juicio, la duda reinará solemne siempre a favor del acusado. Y es allí donde la certeza debe lograrse por la parte acusadora”.
En esta línea, el magistrado planteó que en nuestro sistema cualquier persona puede ser sospechada de delito y llevada a juicio, salvo que exista una certeza y que sea evidente la inviabilidad de la acusación. “Tiene todo imputado el derecho a un juicio rápido, a que la justicia defina lo antes posible su situación procesal”, resaltó.
O’ Connor entendió que la postulación de la defensa de Comerci y Torres, tomó sus conductas de modo aislado, sin tener en cuenta el contexto global en el que se inscribieron. “Los delitos contra la administración pública no son delitos donde exista prueba directa, ni flagrancia delictiva, sino que, generalmente incluyen complejas tramas y la participación de muchos sujetos, cada uno de los cuales deviene un eslabón necesario para la maniobra en su conjunto”, indicó.
La resolución continúa su análisis señalando que “la norma que con mayor evidencia se habría violentado (conforme la acusación pública) habría sido el pacto de retroventa, por el que se impedía la venta del terreno por 5 años; y en el caso excepcional de hacerlo solo se podía vender al Municipio. Es decir, la Sra. Larrea – una vez que compró las tierras- no podía vender esas mismas tierras por un lapso de 5 años a un tercero”.
A continuación, O’Connor sopesó que “contrariando esa norma se aprobó una ordenanza tan solo 13 días posterior a la ordenanza por la que se vendían las tierras fiscales a Larrea. Para poder concretar el pago, la Sra. Larrea habría recibido el dinero de Comerci y de Torres, para luego venderle las tierras a esas mismas personas, quienes a su vez ya han publicado en venta esas tierras – loteadas- a un precio desmesuradamente mayor al valor en el que las adquirieron y mucho mayor aun al pagado por Larrea”.
El juez valoró que no se trató de una especulación inmobiliaria legítima, tal como postuló la defensa de Comerci y Torres, sino que se trató de un negocio ilegítimo, asentado sobre actuaciones ilegales de funcionarios públicos e incumplimiento ostensible de la ley. Esa ilegitimidad e ilegalidad es la que habría posibilitado ganancias exorbitantes.
En ese contexto global, la participación de los inversores deviene necesaria, pues Larrea no hubiera obtenido el dinero para pagar las tierras y no hubiera existido un beneficiario que compre luego y lotee y ofrezca a la venta después. También deviene esencial – y en mayor grado quizás aún- la participación de la pobladora, sin cuya actuación no habría habido posibilidad alguna de concretar la secuencia.
La defensa de Comerci y Torres, planteó que habiendo una ordenanza que autorizaba a Larrea a vender, no era esperable que consideraran la posibilidad de que tal ordenanza fuera dictada a espaldas de la ley. Frente a esto, O’Connor razonó que la hipótesis fiscal postula que el primer pago realizado por Larrea, se habría concretado con dinero aportado por los inversores. Ese pago se hizo el 6 de diciembre de 2011, un día antes del dictado de la ordenanza que la autorizó a vender.
Por su parte la defensa de Larrea sostiene que ella era pobladora y que los inmuebles que tenía no eran fiscales. Para el juez, esta argumentación requiere producción de prueba y valoración de esta, por lo que no es una cuestión que pueda tratarse en la audiencia preliminar. También contempló que la propia defensa admitió que desde hace mucho tiempo Larrea vivía en Esquel, es decir que no explotaba esas tierras. “De no haber existido la participación de la Sra. Larrea el plan no podría haberse llevado a cabo, pues la misma era de la zona y tenía ciertos derechos reconocidos sobre la tierra”, concluyó, agregando que “toda esta maniobra, en definitiva, habría perjudicado a los pobladores, trabajadores y vecinos de la localidad de Corcovado”. (Ministerio Público Fiscal)

 

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