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15 de Octubre de 2021
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ANSES: ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la jubilación anticipada?

Las características se dieron a conocer este viernes mediante la resolución 21/2021.

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El Gobierno Nacional dio a conocer los requisitos necesarios para tramitar la jubilación anticipada ante la ANSES. Se trata de una prestación de carácter extraordinario destinada a aquellas personas que cuentan con 30 años de aportes pero que no alcanzan la edad jubilatoria.

 

Este viernes, se explicó a través de la Resolución 21/2021, la Secretaría de Seguridad Social fijó el alcance de las disposiciones, en particular las que hacen referencia a los requisitos para acceder al plan.

 

La tramitación y el pago de la jubilación anticipada está a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El haber de la misma “estará compuesto, de corresponder, por las prestaciones básica universal, compensatoria y adicional por permanencia en el 80% calculado a la fecha de solicitud”.

 

Con respecto a las edades, se aclaró que “no se modifican por la acreditación de servicios correspondientes a regímenes diferenciales que exijan edades menores a las requeridas en régimen general de la Ley Nº 24.241″ de jubilaciones y pensiones.

 

Sobre el requisito de acreditar 30 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad, el Gobierno indicó que “no se computarán servicios fictos, bajo declaración jurada, servicios amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales, o por cualquier otra modalidad que no implique la prestación efectiva de servicios con aportes acreditados al Sistema de Seguridad Social”.

 

En el caso de regímenes diferenciales que exijan un número de años de servicios menor que el correspondiente al régimen general de la Ley Nº 24.241, el requisito de las tres décadas de servicios con aportes “se considera cumplido de acreditarse el tiempo mínimo que exige el régimen diferencial que corresponda, o de la prorrata que resulte aplicable, en función del tiempo efectivo prestado en cada régimen”.

 

 

 

Fuente: Télam

 

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