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23 de Junio de 2021
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Chubut: El sacerdote acusado por abuso sexual seguirá detenido

Participaron representando al Ministerio Público Fiscal la funcionaria de fiscalía Mariela Wild, por la defensa Martín Castro y Rodrigo Miquelarena, actuando el Juez Fabio Monti y la Jueza Ivana González.

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Una audiencia de revisión de prisión tuvo lugar a través de sistema web de videoconferencia, en la que se revisó la situación de un imputado por abuso sexual que resulta ser un sacerdote que se encuentra detenido desde el mes de diciembre de 2019, en Trelew.

 

Participaron representando al Ministerio Público Fiscal la funcionaria de fiscalía Mariela Wild, por la defensa Martín Castro y Rodrigo Miquelarena, actuando el Juez Fabio Monti y la Jueza Ivana González.

 

Cabe destacar que se tuvo en cuenta que la audiencia preliminar se desarrolló el 22 de diciembre de 2020 y el juicio oral ha sido programado por la oficina judicial para el 1ro. de noviembre de 2021. La fiscalía refirió a los elementos colectados a propósito de cinco hechos ocurridos en fecha que no puede ser precisada con exactitud pero que data aproximadamente de fecha posterior al mes de mayo de los años 2011 o 2012, época en que la víctima tenía 14 o 15 años, mientras la defensa puso énfasis en la necesidad de morigerar la medida de coerción, dado el tiempo transcurrido y lo que resta para la realización del debate.

 

La calificación imputada es la de abuso sexual simple agravado por la calidad de autor por ser ministro de un culto reconocido previsto en el artículo 119, 1er párrafo, 2do. supuesto, 5to. párrafo en relación al 4to. inciso b, todo en carácter de autor, artículo 45 del mismo código, un hecho y abuso sexual doblemente agravado aprovechando que la víctima no pudo consentir libremente la acción por la calidad de autor en atención a ser ministro de un culto reconocido y por ser cometido mediante acceso carnal, previsto en el artículo 119, 3er párrafo en relación al 4to. párrafo inciso b todo en carácter de autor, cuatro hechos.

 

Además, todos los hechos concursan realmente entre sí de acuerdo al artículo 55 del código penal e idealmente, artículo 54 del código, con la figura de promoción de menores de 18 años agravada por mediar engaño, violencia, amenaza y abuso de autoridad, ya que dichos actos son de características prematuras y perversas, aptas para desviar el normal desarrollo de la sexualidad del joven en formación.

 

Los integrantes del tribunal valoraron el argumento de la subsistencia de riesgos procesales donde se remarca la gravedad de los hechos presentados por el Ministerio Público Fiscal, resolviendo la continuidad de la medida de coerción que lleva adelante el acusado hasta la realización del debate, por lo que permanecerá en prisión preventiva hasta la realización del juicio previsto para el mes de noviembre.

 

Fuente: El Patagónico

 

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