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02 de Febrero de 2026
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Fallo judicial habilitó la salida del país de una niña sin aval del padre

La autorización judicial se concedió luego de que el progenitor no otorgara el aval ni respondiera a la demanda presentada.

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Una jueza autorizó a una niña de El Bolsón a salir del país y viajar durante 180 días a México junto a su madre, luego de que el progenitor no otorgara su consentimiento ni respondiera a la demanda judicial iniciada para destrabar la situación.

 

El viaje tendrá como destino una ciudad del centro de México, donde madre e hija se alojarán en la vivienda de un familiar materno. La autorización concedida es por seis meses, un plazo poco habitual en este tipo de resoluciones, que generalmente se limitan a salidas breves por turismo o visitas de corta duración.

 

Falta de consentimiento y vía judicial

 

La presentación se realizó ante el Juzgado Multifueros de El Bolsón, luego de que la madre no lograra obtener el aval del padre para la salida del país. De acuerdo a lo que surge del expediente, no existe vínculo ni contacto con el progenitor, aunque este fue debidamente notificado del inicio del proceso y del pedido de autorización.

 

Pese a ello, no se presentó en el expediente ni ejerció su derecho de defensa, lo que permitió que el trámite continuara conforme a las medidas previstas por la normativa vigente.

 

 

Escucha de la niña y dictamen favorable

 

Durante el proceso, la jueza interviniente escuchó a la niña, con la participación del Defensor de Menores, en cumplimiento de los estándares fijados por la Convención sobre los Derechos del Niño. Tras esa instancia, el Defensor dictaminó a favor de conceder la autorización solicitada.

 

El fallo hizo especial hincapié en la finalidad del viaje, vinculada al vínculo familiar materno, y no a una mudanza definitiva al exterior.

 

Si bien la autorización es por 180 días, la resolución estableció fechas concretas de salida y regreso, y dejó expresamente aclarado que no habilita la radicación en el extranjero. El permiso se limita a la estadía temporaria informada en el expediente, sin posibilidad de modificar el destino ni el carácter del viaje.

 

Al fundamentar la decisión, el juzgado recordó que la ley exige el consentimiento de ambos progenitores para la salida del país de un niño o niña, pero prevé una instancia judicial cuando ese acuerdo no existe o resulta imposible. En esos casos, la resolución debe basarse en el interés familiar y, de manera prioritaria, en el interés superior del niño.

 

 

Mirada amplia sobre el concepto de familia

 

La sentencia también remarcó que el concepto de familia no se limita exclusivamente a los progenitores, sino que incluye otros vínculos importantes en la vida de los niños. En ese sentido, valoró que el viaje tenga como objetivo la permanencia en el hogar de familiares y no implique un cambio de residencia permanente.

 

Antes de que la salida del país pueda concretarse, la autorización deberá ser intervenida por la Cámara de Apelaciones y comunicada a la Dirección Nacional de Migraciones.

 

 

 

 

O.P.

 

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