Presentan Proyecto de Ordenanza para el embellecimiento de fachadas y vidrieras comerciales. Es un proyecto del Cr. Matias Taccetta, Secretario de Hacienda Municipal.
Se trata de una iniciativa para la mejora de las fachadas y vidrieras es acompañar al sector comercial proporcionando asistencia financiera a aquellos proyectos aprobados, con el fin de estimular la inversión, el embellecimiento, el crecimiento económico y comercial, atraer turistas y la creación de empleo del sector privado, al mejorar la apariencia de los inmuebles comerciales.
Las posibles mejoras externas podrán ser: mejoras del diseño arquitectónico, pintura, iluminación, cartelería, toldos y ventanas, etc.
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V I S T O:
La necesidad de fortalecer y crear un ambiente positivo y favorable para los negocios ubicados en el área céntrica de la Ciudad de Esquel que permita, a su vez, mejorar la oferta comercial y generar empleo en el sector de la construcción, como así también, embellecer la ciudad y;
CONSIDERANDO:
Que, existe en la ciudad el plan de revitalización y puesta en valor del centro comercial, cuyo proyecto y ejecución se está llevando a cabo por la actual Intendencia del Arq. Sergio Ongarato.
Que, para el mejoramiento integral de las fachadas y vidrieras de los comercios de la ciudad ubicados en la zona céntrica es necesario de un programa de mejoramiento uniforme.
Que, el aspecto exterior de los pequeños comercios y vidrieras de los mismos es un factor muy importante para el éxito de las ventas.
Que, el objetivo del actual gobierno municipal, para la mejora de las fachadas y vidrieras es acompañar al sector comercial proporcionando asistencia financiera a aquellos proyectos aprobados, con el fin de estimular la inversión, el embellecimiento, el crecimiento económico y comercial, atraer turistas y la creación de empleo del sector privado, al mejorar la apariencia de los inmuebles comerciales.
Que, las posibles mejoras externas podrán ser, mejoras del diseño arquitectónico, pintura, iluminación, cartelería, toldos y ventanas, etc.
Que, se pretende ayudar a los propietarios y los arrendatarios a mejorar la zona comercial de la ciudad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, No 46, sanciona la presente ORDENANZA
ART. 1º.- AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Esquel a emitir bonos fiscales con el fin de ser destinados al pago de hasta el treinta (30) por ciento del costo de mejoramiento de las fachadas y vidrieras de los comercios ubicados a lo largo de los arterias comerciales indicados en el anexo I de la presente.-
ART. 2º.- EL BONO FISCAL para el mejoramiento de fachadas y vidrieras comerciales tendrá carácter de pago a cuenta de hasta el quince (15) porciento de la tasa de Inspección, Seguridad e Higiene, hasta consumir el importe aludido en el artículo anterior, para aquel comerciante que afronte la Inversión-
En caso de ser el propietario del inmueble el inversor, el pago a cuenta se hará efectivo mediante la bonificación de hasta el 50% del impuesto Inmobiliario.
ART. 3.- ESTE BONO se afectará a los fines determinados en el artículo 1º, sólo podrá ser destinado a las siguientes mejoras:
– Revestimiento y Pintura.
– Puertas y ventanas.
– Toldos, cartelería y marquesinas.
– Iluminación y señalización.
– Veredas y dársenas.
– Mejoras del diseño arquitectónico.
En cuanto a los elementos de publicidad, para poder ser beneficiarios del Bono fiscal de la presente ordenanza, los comerciantes deberán cumplir con las condiciones, características y formas indicadas en el Anexo II de la presente ordenanza.-
El presente Bono fiscal estará destinado aquellos comercios, que cumplan con los requisitos establecidos por la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Esquel, y presenten el formulario de solicitud donde se justifique la necesidad de inversión.
ART. 4.- LAS solicitudes junto a los proyectos de mejoramiento de fachadas y vidrieras deberán ser presentadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, siendo la Dirección de Obras Públicas la encargada de aprobar los proyectos de mejoras.
ART. 5. VIGENCIA-
Foto ILUSTRATIVA.