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06 de Marzo de 2026
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El Gobierno promulgó la reforma laboral y ya rige para el sector privado

La norma fue publicada en el Boletín Oficial y modifica indemnizaciones, vacaciones, horas extras y reglas sindicales. La ley había sido aprobada por el Senado la semana pasada.

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El Gobierno nacional oficializó la nueva reforma laboral mediante el Decreto 137/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. De esta manera, la normativa ya comenzó a regir para el sector privado y establece cambios en distintos aspectos del régimen de trabajo.

 

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

 

La iniciativa había sido aprobada por el Senado el 12 de febrero. Luego volvió a tratarse en la Cámara alta después de que Diputados eliminara el artículo 44 del proyecto original, que regulaba las licencias médicas. Finalmente obtuvo sanción con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones.

 

La ley está compuesta por 25 capítulos y contempla modificaciones en indemnizaciones, despidos, vacaciones, horas extras, impuestos laborales y normas vinculadas a la actividad sindical.

 

Uno de los puntos centrales es el cambio en el sistema de indemnizaciones. En caso de despido sin causa, el trabajador recibirá un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. Además, la norma habilita que los convenios colectivos puedan reemplazar este esquema por fondos o sistemas de cese laboral financiados por las empresas.

 

También se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones al finalizar un contrato de trabajo. El fondo se financiará con aportes mensuales obligatorios: del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes.

 

La reforma introduce además cambios en el régimen de vacaciones. El empleador deberá otorgarlas entre el 1 de octubre y el 30 de abril y comunicarlo por escrito con al menos 30 días de anticipación. La normativa permite dividirlas en períodos mínimos de siete días si existe acuerdo entre las partes.

 

En relación con las horas extra, la ley habilita la implementación de “bancos de horas”, un sistema que permite compensar las horas trabajadas de más con descansos posteriores, siempre que quede registrado por escrito.

 

La legislación también modifica aspectos de la actividad sindical. Entre otros puntos, establece que las asambleas gremiales deberán realizarse sin afectar el funcionamiento normal de las empresas y con autorización del empleador respecto del horario y la duración. Además, considera como infracciones muy graves acciones como bloqueos o tomas de establecimientos.

 

La norma aclara que no se aplicará a empleados de la administración pública, personal de casas particulares, trabajadores agrarios ni a prestadores independientes de plataformas digitales o contratistas regulados por el Código Civil y Comercial, salvo que una normativa específica disponga lo contrario.

 

 

 

R.G.

 

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