La Justicia de Esquel dio un paso clave en la reactivación de la causa por abuso sexual infantil agravado contra el hombre que fue recientemente extraditado desde Chile, luego de haber permanecido oculto en el vecino país durante más de una década. En el marco de la audiencia preliminar, el Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó la acusación pública formal y solicitó severas medidas de restricción para garantizar el avance del proceso judicial.
La fiscal Rafaella Riccono y el procurador de fiscalía Ismael Cerda expusieron los lineamientos del caso y solicitaron que el imputado permanezca encarcelado de forma preventiva. Por su parte, la defensa técnica del acusado intentó rebatir la denuncia original —radicada en el año 2014— solicitando una nueva declaración testimonial de la víctima y de familiares que contradicen los hechos denunciados en su momento.
Ante la estrategia de la defensa, los representantes de la Fiscalía se opusieron firmemente. El MPF argumentó que el acusado evadió la acción judicial por 11 años y alertó al magistrado sobre la existencia de indicios que apuntan a una presunta coacción o presión del entorno para modificar la versión de la joven afectada.
Tras escuchar los fundamentos de ambas partes, el juez penal resolvió de manera intermedia respecto a la evidencia:
-Admitió la nueva prueba aportada por la defensa.
-Mantuvo la validez de la Cámara Gesell original como elemento probatorio central.
-Otorgó un plazo a la Fiscalía para producir y presentar nuevos elementos que permitan evaluar y contextualizar el marco en el que se produjeron las recientes declaraciones de los familiares.
El debate central de la jornada giró en torno a la libertad del imputado. Mientras que la defensa solicitó la inmediata soltura de su asistido y el procurador Ismael Cerda requirió la prisión preventiva hasta la finalización del juicio oral, el magistrado resolvió avalar el pedido del MPF pero fijando un plazo inicial de cuatro meses de prisión preventiva.
La medida se fundamentó estrictamente en el evidente riesgo de fuga, plenamente demostrado por los 11 años que el imputado vivió de forma clandestina en el extranjero, y en la necesidad imperiosa de proteger la integridad del proceso judicial de cara al futuro debate ante un jurado popular.
A pedido expreso del equipo fiscal, el juez dictó de forma complementaria estrictas prohibiciones de contacto entre el acusado, sus hijos y la presunta víctima. Esta restricción busca asegurar que la joven pueda brindar su testimonio en el futuro juicio de manera libre, segura y completamente despojada de presiones o condicionamientos de su entorno familiar.
Nota de la Redacción: Con la finalidad de preservar de forma estricta la identidad de la víctima de acuerdo a las normativas vigentes, este medio no publicará imágenes, iniciales ni datos filiatorios del acusado debido al vínculo familiar existente.