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31 de Mayo de 2026
sociedad |

Condena millonaria en Esquel por un choque céntrico

La Cámara de Apelaciones ratificó que los responsables de un grave accidente vial en la intersección de Chacabuco y Fontana deberán abonar más de 47 millones de pesos a la víctima del siniestro. 

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La Cámara de Apelaciones de la Circunscripción del Noroeste ratificó una condena civil millonaria contra los responsables de un grave siniestro vial ocurrido en el casco céntrico de Esquel, fijando el monto definitivo en 47.647.581,13 pesos. El fallo judicial aplicó el principio de responsabilidad solidaria, lo que faculta al damnificado a exigir el cobro íntegro de la indemnización a cualquiera de las tres partes involucradas en el expediente.

 

 

 

El hecho investigado se registró en diciembre de 2020 en la intersección de la calle Chacabuco y la Avenida Fontana. En ese punto, una camioneta Ford F100 embistió violentamente el lateral delantero izquierdo de un automóvil Volkswagen Gol Trend. Las pericias mecánicas incorporadas a la causa demostraron que el automóvil ingresó primero a la bocacalle y la camioneta, que transitaba a una velocidad mayor a la permitida, no respetó la prioridad constitucional de paso por la derecha.

 

A raíz de la potencia de la colisión, el automóvil realizó un giro y golpeó contra un tercer rodado que se encontraba debidamente estacionado. Por su parte, la camioneta continuó su marcha descontrolada por más de 35 metros hasta subirse al boulevard. El conductor del Gol Trend sufrió lesiones que demandaron su traslado de urgencia al hospital local de Esquel.

 

El tribunal de alzada integrado por los jueces Jorge L. Früchtenicht y Günther E. Flass, respaldando lo actuado en primera instancia por el magistrado Guillermo Gregorio, determinó que la culpabilidad civil alcanza al conductor de la camioneta por actuar con negligencia al volante y al titular registral del vehículo por el riesgo de la cosa. Asimismo, la empresa Antártida Compañía Argentina de Seguros Sociedad Anónima fue citada en garantía y su condena técnica quedó firme. Debido a que los demandados no cancelaron la deuda de manera voluntaria, la Justicia dispuso la ejecución de embargos preventivos sobre los activos financieros y cuentas bancarias de la compañía de seguros.

 

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