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La licencia por maternidad será de 7 meses para los empleados públicos provinciales

También se incluirá a los del poder legislativo, el poder judicial y entes descentralizados. Además, las madres podrán ingresar una hora más tarde o retirarse una hora antes para la lactancia hasta que la hija o el hijo cumpla dos años.

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Hoy se informó que, a partir de ahora, la licencia por maternidad será de 210 días para todos los empleados de la administración pública provincial, el poder legislativo, el poder judicial y entes descentralizados.

 

Por la ley n.° 654, promulgada por el gobernador Mariano Arcioni, se estableció la lactancia materna como derecho fundamental de la madre y del niño durante los dos primeros años de vida. La ley es de orden público y de aplicación obligatoria en toda la provincia, y ya se autorizaron las partidas presupuestarias para darle cumplimiento.

 

El objetivo general es promover la lactancia materna en el ámbito estatal y privado, generar conciencia de sus ventajas, establecer lugares adecuados y facilitar la lactancia a madres trabajadoras. Dentro de las regulaciones principales, establece que la licencia por maternidad será de doscientos diez días corridos (210), obligatoria y remunerada para todos los agentes públicos del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Chubut, entes autárquicos, descentralizados y demás organismos del estado de la provincia.

 

El plazo antes indicado contrasta con el correspondiente a los empleados privados, que, según la ley de contrato de trabajo, gozan de licencia por maternidad por noventa días. Para el caso de los padres que adopten, el plazo es de ciento ochenta días desde el otorgamiento de la adopción. La pareja de la madre contará con licencia por 20 días. Cuando ambos trabajen en el estado, solo uno podrá hacer uso de la licencia.

 

Además, desde que vuelva al trabajo, la madre tendrá una hora libre, hasta que el hijo cumpla dos años, para la lactancia, por lo que podrá ingresar una hora después o retirarse una hora antes del trabajo.

 

La vigencia es a partir de los 90 días de su publicación, por lo que quienes estén haciendo uso  de la licencia por maternidad podrán prorrogar u obtener el beneficio en forma inmediata.

 

La ley también crea los centros de lactancia materna, que deberán instalarse dentro de los hospitales con el objetivo de promover la lactancia, con la infraestructura, el equipamiento, los recursos humanos y la bioseguridad necesarios. Además, incluye los espacios "amigos de la lactancia", que serán espacios amplios y cómodos para que las mujeres puedan amamantar o extraer leche materna. Estos espacios deberán crearse tanto en la administración pública como en las empresas particulares. Deberán ser permanentes si la institución cuenta con más de 20 mujeres en edad fértil y transitorios si cuenta con menos de esa cantidad.

 

 La ley invita a los municipios a que adhieran a la ley a fin de que se fijen las condiciones de estos espacios exigibles a los comercios locales. También sumará un banco de leche materna para asegurar la lactancia a los niños que, por diversas razones, no puedan ser amamantados por sus madres.

 

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