Los ediles del bloque de Chubut al Frente, Hernán Alonso y Valeria Saunders, junto a sus pares del Frente Patriótico y el Frente Vecinal Esquel, Lis Aguirre y María Martínez, elevaron un proyecto de ordenanza y protocolos sanitarios al presidente del HCD, en el marco de la situación económica del sector comercial por la pandemia del COVID-19.
TEMA: FLEXIBILIZACION COMERCIAL EN LA CIUDAD DE ESQUEL
VISTO: Los Decretos 260/2020 del PEN que declara la EMERGENCIA SANITARIA en todo el país y 297/2020 que establece el AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO; y CONSIDERANDO:
Que ambas medidas, de estricto carácter sanitario, han ocasionado una abrupta disminución de las actividades comerciales y laborales, afectando económicamente a gran parte de la población nacional;
Que no adoptar este tipo de medidas, podrá llevar inexorablemente a empeorar diversas situaciones de la vida colectiva y mayores efectos perjudiciales, como la ruptura de la cadena de pagos y el cierre de fuentes de trabajo que en comunidades pequeñas como la de la Ciudad de Esquel resultan esenciales;
Que para hacer frente a la flexibilización del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO es primordial establecer normas para preservar el cuidado y resguardo de la salud de las personas.
Que más allá de las normas y recomendaciones de los estados Provincial y Nacional es fundamental la responsabilidad y conciencia de cada una de las personas en su hacer diario.
Que asimismo resulta necesario realizar una apertura administrada, gradual y controlada de ciertas actividades esenciales que permitan la sustentabilidad de sectores productivos, comerciales e industriales, siempre en concordancia con lo dispuesto por el poder Ejecutivo Nacional y Provincial;
Que mediante el Decreto Nº 297/2020, artículo décimo, el Gobierno Nacional dispone: “Las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios, dictarán las medidas necesarias para implementar lo dispuesto en el presente Decreto, como delegados del Gobierno Federal, conforme lo establece el Art. 128 de la Constitución Nacional, sin perjuicio de otras medidas que deban adoptar, tanto las Provincias, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como los Municipios, en ejercicio de sus competencias propias”;
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
Artículo 1°.-Autorizase lo referente a las actividades industriales, comerciales y de bienes y servicios, radicadas en la Ciudad de Esquel, a partir de las 00:00 horas del día 05 de Mayo del año 2020 y hasta el dictado de un nuevo Acto Administrativo, según el siguiente cuadro:
| DIAS
| HORARIOS
| RUBRO
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Peluquerías, Manicuras y Pedicuras
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 13:00 hs
| Compañías de Seguros
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 13:00 hs
| Gestorías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 13:00 hs
| Inmobiliarias
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Zapaterías e Indumentaria
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Poli Rubros
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Confecciones, tapicerías y Composturas
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| Lunes a Domingo
| De 10:00 a 19:00 hs
| Heladerías y Chocolaterías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Forrajearías y Barracas
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Talleres de Reparación de Vehículos y Gomerias
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Taller de Chapa y Pintura
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Lavadero de Autos
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Venta de Automotores
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Mueblerías y Vidrierías
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Lavanderías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Perfumerías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Vinotecas
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 19:00 hs
| Pinturerías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Librerías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Venta de Electrodomésticos y elemento de comunicación
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Reparación de electrodomésticos
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| Lunes a Sábado
| De 8:00 a 19:00 hs
| Pañaleras
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Ópticas
|
| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Relojerías y Joyería
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Bazares
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| Lunes a Domingo
| De 9:00 a 17:00 hs
| Florerías y Jardinerías
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Casas de Fotografía
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| Lunes a Sábado
| De 9:00 a 17:00 hs
| Caza, Pesca y Camping
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Artículo 2°.-Los establecimientos mencionados deberán respetar y hacer cumplir las obligaciones y normas detalladas en el ANEXO 1 de la presente Ordenanza.
Artículo 3°.- La circulación de las personas en la Ciudad de Esquel será teniendo en cuenta la terminación del Documento Nacional de Identidad, según el siguiente cronograma:
Lunes- Miércoles- Viernes: Solo podrán circular, aquellas personas cuyos documentos terminen en números par.
Martes- jueves- sábado: Solo podrán circular, aquellas personas cuyos documentos terminen en números impar.
Domingos: Podrán circular sin restricciones.
Artículo 4°.- La autoridad de aplicación del presente Acto Administrativo será el P.E.M. en conjunto con la Policía de la Provincia del Chubut.
Artículo 5°.- Todo aquel que incumpla con el articulado que antecede, será pasible de la clausura inmediata del local comercial hasta que culmine el AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO y de multa de hasta 600 módulos; .
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 05 de Mayo de 2020. –
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta Nº /2020, registrada como Ordenanza Nº /20.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2020.
PROTOCOLO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN LA CIUDAD DE ESQUEL
NORMAS OBLIGATORIAS A CUMPLIR
• Tener presente que cualquier medida a adoptar debe garantizar la protección adecuadamente de los comerciantes, dependientes y/o clientes, de todo riesgo para su salud o su seguridad que no puedan evitarse o limitarse suficientemente mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas de organización del trabajo.
• La información y la formación son fundamentales en la protección de las personas.
• La protección va más allá del prestador del servicio y sus empleados e incluye al resto de las personas susceptibles de contacto directo o indirecto.
• Se debe limitar el número de personas y el tiempo de exposición al mínimo posible, se
debe establecer un listado de personas que conviven laboralmente en un espacio, el tipo
de trabajo efectuado, así como un registro de las correspondientes exposiciones, accidentes e incidentes, el cual será remitido a las autoridades sanitarias y municipales.
• Se deberá presentar diariamente ante las autoridades sanitarias y municipales una panilla de control de ingreso de clientes para que se mantenga un dato seguro de quien y cuando ingreso al comercio. Registrando nombre completo, DNI, fecha y hora.
• Los trabajadores que integren los grupos de riesgos, en función de sus características personales, estado biológico conocido, patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios o embarazo, son considerados especialmente sensibles al riesgo de contagio. Estas personas están eximidas por Decreto Presidencial N° 297/20 de concurrir a sus tareas habituales.
• Las personas que compartan el mismo ambiente de trabajo deberán recibir información
general y capacitación sobre la prevención e infección. También los trabajadores de empresas subcontratadas que trabajen en el mismo lugar.
• Los comercios deberán tener a su disposición las instrucciones escritas en el lugar de trabajo y se colocarán avisos que contengan, como mínimo, el procedimiento que habrá de seguirse ante un posible caso de COVID-19 o sospecha de este.
• La manipulación de la mercadería nunca deberá estar a cargo del cliente, reduciendo el contacto de la mercancía en los comercios.
• Los comercios deberán colocar división de resguardo (vidrio/acrílico) entre las cajas y los clientes.
MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LOS COMERCIOS O ESPACIOS DONDE SE RECIBAN CLIENTES O TERCERAS PERSONAS:
1) Deberán colocar avisos para los clientes, que informe sobre el protocolo de higiene respecto del adecuado lavado, modo de contener el estornudo, recomendaciones
de no tocarse la cara y otras formas de saludar. Los que serán provistos por el Municipio de Esquel.
2) Deberá disponerse un recipiente o, en su defecto, un trapo de piso empapado en agua con lavandina, debiendo cada persona que ingrese desinfectarse la suela de los zapatos: A tal fin, deberá pisar y refregar varias veces.
3) Al momento del ingreso al local comercial deberán higienizarse las manos con alcohol en gel, alcohol líquido al 70% u otro desinfectante el que será provisto por el titular del comercio.
4) Realizar lo necesario a fin de mantener durante la jornada laboral el distanciamiento entre personas de al menos 1,5 metros. Para respetar esta distancia, ningún elemento comercializado debe entregarse en mano, sino apoyándolos de modo temporal sobre mostrador, meso o escritorio.
5) Solo podrá atenderse un cliente por vez las demás personas deberán permanecer fuera del local respetando las distancias mínimas sugeridas; en caso que amerite deberá implementarse el previo otorgamiento de turnos a fin de evitar la superposición de personas y previo a dar otro turno se deberá higienizar el lugar utilizado.
6) Horario de atención deberá ser corrido, entre las 9:00 am y hasta las 19:00 pm.
7) En todos los casos se debe priorizar la comercialización electrónica.
8) Las superficies que se tocan con frecuencia (apertura de puertas, mostradores, etc.), deberán ser lavadas con productos a base de agua con hipoclorito, alcohol al 70% o productos desinfectantes.
DE LOS TRABAJADORES
1) Para el uso de los trabajadores, equipar las instalaciones y servicios sanitarios con
papel higiénico, agua potable, jabón para lavado de manos, alcohol glicerinado y toallas
de papel para el secado de manos.
2) Las superficies del baño y el inodoro, deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectado periódicamente durante la jornada laboral con un desinfectante doméstico con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes.
3) Los trabajadores encargados de la limpieza deberán protegerse con guantes, barbijo, mientras realizan las labores de limpieza e higiene. Tras efectuar la limpieza se deberán realizar higiene de manos.
4) En caso de tener aires acondicionados frio/calor los mismos deberán tener revisión y mantenimiento adecuado con certificado visible al público de su realización.
5) El empleador deberá proveer al trabajador de barbijos de uso obligatorio, alcohol en gel o liquido al 70%.
6) Deben colocarse en contenedores con tapa adecuada y correctamente identificada para desechar elementos de seguridad (barbijos, guantes etc.)
7) No compartir utensilios de uso personal. Por ejemplo: artículos de librería, vasos,
botellas, mate, etc.
8) Se deberá reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes particularmente, aumentando la frecuencia de higiene y desinfección de los mismos.
9) Disponer de los trabajadores información sobre la adecuada higiene de manos y
la apropiada higiene respiratoria o manejo de la tos ante la presencia de una infección
respiratoria.
10) Disponer de dispensadores con soluciones desinfectantes para una adecuada
higiene de manos, las soluciones a base de alcohol son el estándar internacional por alta eficiencia demostrada.
11) El empleador deberá tomar la temperatura a cada uno de sus trabajadores antes de cada jornada laboral. En caso de resultar febril deberá cumplir con los protocolos establecidos (realizar consulta o denuncia telefónica al 0800- 222- CORO (2676)-)
.
PAUTAS Y RECOMENDACIONES ESPECIFICAS:
A) De las ventas de productos textiles, calzados e indumentaria
- Probadores: distancia de 2 metros entre cada uno, desinfectar con sustancias autorizados entre cada cliente.
- Las prendas que han tenido contacto con el/los clientes deberán ser desinfectas con alcohol al 70 % y ventiladas durante 48 horas antes de ser incorporadas al stock en venta.
B) De las Heladerías y Chocolaterías
1) La atención es estos locales será solamente para atención por mostrador, no autorizándose la permanencia en el lugar.
C) De los Lavaderos, Talleres, Lubricentros
1) Deberán desinfectar las superficies en contacto antes y luego de la recepción y entrega de vehículos.
PAUTAS Y RECOMENDACIONES BÁSICAS GENERALES:
1) El coronavirus COVID 19 se contagia por el contacto y vía área en contacto con
los ojos, la boca, la nariz, cuando un individuo portador del virus tose, estornuda o exhala
segrega en pequeñas gotas el agente patógeno mencionado. Dicho agente puede vivir por
algunos periodos de tiempo fuera del cuerpo huésped, depositado en cualquier tipo de superficies.
2) Es indispensable reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de
trabajo.
3) Una adecuada higiene de manos es una medida vital de prevención y control de la
infección. Es recomendable realizarla durante 40 segundos y secarse con toallas descartables. Hacerlo antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos y
comer, después de haber tocado superficies públicas, manipular dinero, llaves, animales,
ir al baño, toser o estornudar. Si no hay agua y jabón disponibles, usar un desinfectante
de manos que contenga al menos un 60% de alcohol.
4) Evitar el contacto cercano durante la jornada laboral, manteniendo una distancia
prudencial de 2 metros entre el trabajador y otras personas. Evitar el contacto físico a
través de los saludos (beso, abrazo, estrechar las manos), favorecer el distanciamiento en lugares con aglomeración de personas y no compartir el mate, vajillas, ni utensilios.
5) Las uñas deben llevarse cortas y cuidadas, evitando el uso de anillos, pulseras,
relojes de muñeca y otros.
6) El cabello debe llevarse recogido.
7) Antes de colocarse barbijo, guantes y protección ocular, higienizarse las manos
debidamente.
8) Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
9) El uso de barbijos es obligatorio para atender clientes. El barbijo debe cubrir nariz
y boca.
10) Los guantes se recomiendan que sean desechables. Para tareas de limpieza y
desinfección de superficies, se deben utilizar guantes resistentes a la rotura.
11) Los Elementos de Protección Personal (EPP), deben colocarse antes de iniciar
cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición. Se debe evitar que los EPP sean una fuente de
contaminación.
12) Después del uso los EPP desechables deben colocarse en contenedores con tapa
adecuados y correctamente identificados. Los EPP reutilizables deben recogerse en
contenedores o bolsas específicas y descontaminarse usando el método indicado por el fabricante para disposición y tratamiento antes de guardarlos.
13) Evitar compartir utensilios de uso personal. Por ejemplo: vasos, botellas, mate,
etc.
14) La adecuada higiene respiratoria refiere a las medidas de prevención para evitar
la diseminación de secreciones al toser y estornudar. Es importante cuando las personas
presentas signos y síntomas de una infección respiratoria.
15) Cubrirse nariz y boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable
al toser o estornudar. Usar el cesto de basura más cercano para desechare los pañuelos
utilizados.
16) Limpiar y desinfectar las superficies y objetos o herramientas que se tocan
frecuentemente en el lugar de trabajo, se puede realizar rociando el área con productos
como alcohol al 70% o lavandina.
17) Ventilar los ambientes cerrados con regularidad, mediante la apertura de puertas
y ventanas que produzcan circulación cruzada del aire.
18) Respetar las restricciones relativas a los viajes hacia y desde el trabajo, los desplazamientos y las concentraciones multitudinarias de personas, acatando las
disposiciones sanitarias dictadas por parte de la Organización Mundial de la Salud, el
Gobierno Nacional y Provincial.
19) Después de la jornada laboral, al llegar a su hogar deberá sacarse los calzados
desinfectarlos con agentes químicos (lavandina al 10% y/o alcohol 70%) antes de
ingresar, y la ropa ponerlas a lavar con agua y jabón.
20) Ante la presencia de síntomas, no auto medicarse, permanecer en el domicilio y
realizar consulta o denuncia telefónica al 0800- 222- CORO (2676). Entiéndase como síntomas del covid-19: Fiebre, dolor, de cabeza, tos, dolor muscular, dificultad para respirar.
CIRCUITO SANITARIO OBLIGATORIO
La finalidad de la creación del presente circuito sanitario obligatorio es establecer
condiciones de higiene a los fines de restringir la circulación del Coronavirus Covid-19
en las áreas que tengan personal que deban seguir laborando durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria.
A tal fin se ESTABLECE que en todas las dependencias de la institución deberá establecerse un sector destinado al lavado y desinfección en circuito que consta de los siguientes pasos:
PRIMERO: Deberá disponerse un recipiente o, en su defecto, un trapo de piso empapado
en agua con lavandina, debiendo cada personal que ingrese desinfectarse la suela de los
zapatos: A tal fin, deberá pisar y refregar varias veces.
SEGUNDO: Disponer de un área para lavarse con agua y jabón, preferentemente blanco,
todas las zonas del cuerpo que hayan estado expuestas, es decir, manos, brazos, cara, etc,
siguiendo las recomendaciones que se han indicado previamente.
TERCERO: Desinfectar las manos con alcohol siguiendo las recomendaciones indicadas.
CUARTO: En caso de ser necesario, disponer de un espacio a modo de cambiador donde
el personal pueda mudar de ropa con la que viene del exterior y ponerse el uniforme para
trabajar.
QUINTO: Previo a la entrada a la oficina limpiar todos los objetos que el personal haya
traído desde el exterior (Lentes, celular, llaves, etc.) con alcohol.
SEXTO: En las oficias, limpiar con alcohol todas las superficies de alto tránsito (Picaporte, mesa de entrada, etc.)
SÉPTIMO: Disponer de un tacho de basura especial para eliminar todos los productos que hayan sido utilizados para la desinfección de las superficies.