RED43 sociedad 13 de Octubre de 2023 13 de Octubre de 2023 sociedad | Hace 2 meses - Por Redacción Red43 Sociedad Rechazaron el pedido y la jueza que besó a un condenado irá a un jury de enjuiciamiento Mariel Suárez hizo una presentación por vencimiento de plazos. Pero El Superior Tribunal no la aceptó y ahora, puede ser destituida. Por Redacción Red43 Escuchar esta nota A+ A- El último intento de la “jueza de los besos” por evitar un jury fracasó: el Tribunal de Enjuiciamiento rechazó el planteo de la defensa de la magistrada de Comodoro Rivadavia Mariel Suárez y ordenó que se fije a la brevedad una fecha para realizar el jury. En la mañana del jueves el Tribunal se reunió en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia con la c presencia del Presidente, Daniel Báez, de las diputadas provinciales Selva Mónica Saso y Claudia Mariela Williams, como así también los abogados de la matrícula, Miguel Ángel Barletta y María Florencia Góngora. De acuerdo al análisis de la presentación de Jorge Benesperi, defensor de Suárez, “las circunstancias del presente caso distan razonablemente del precedente citado –Fernando Rivarola- en primer lugar, porque el Consejero Sumariante arribó a una conclusión acusatoria para elevar a consideración del Pleno del Consejo la posible destitución de la investigada, cuestión que fue plasmada y ratificada por el seno del Consejo de la Magistratura”. “El planteo del Dr. Früchtenicht resulta novedoso e implica un esfuerzo mayor en su análisis” y agregaron que “la norma que se aplica de manera supletoria es sin dudas el Código Procesal Penal de Chubut, que distingue dos unidades de tiempo para dar certeza a la duración del proceso; el de tres (3) años para la finalización del proceso y el de seis (6) meses para la duración de la investigación”. Del detalle acompañado por la Comisión Acusadora “surge claro que recién el 8 de junio de 2022 la investigación pudo iniciarse y el día 22 de noviembre de 2022 mediante Acordada N° 2270 CM se declara el mal desempeño y se ordena elevar las actuaciones al TE; cinco (5) meses y catorce (14) días, sin perjuicio de la suspensión de los plazos por feria especial y el pedido concreto de Benesperi”. “Adviértase que entre el 17 de enero de 2022 al 7 de junio de 2022 hubo una actividad procesal detallada en el legajo pero que en definitiva se ocupó de resolver planteos y unificar el objeto procesal a investigar, que recién quedó fijado con la Acordada N° 06/22 CM”. Tal como afirma la Comisión Acusadora, “lo actuado entre enero y junio de 2022 se asimila a la averiguación preliminar, prevista para consolidar —o no— la hipótesis delictiva a investigar, y cuyo plazo es ordenatorio”. El Tribunal recordó que “conforme manifestó la Comisión Acusadora en la audiencia el plazo se vio interrumpido durante la sustanciación del sumario ante el Superior Tribunal de Justicia”. “Este caso dista mucho del precedente Rivarola que por sobre todo carecía de una acusación seria, precisa y circunstanciada, que motivó además de la valoración del plazo el archivo de las actuaciones”. De esta manera el último intento para evitar el jury de la "jueza de los besos" fracasó. ¿QUÉ TE PARECIÓ LA NOTA? 3 0 {{positivos}} {{negativos}} Ocurrió un error