Un hombre fue condenado a seis meses de prisión en suspenso por el abuso sexual de una niña que integraba su núcleo familiar. Luego de un juicio abreviado, en el que el sujeto reconoció haber cometido el hecho, la justicia determinó la pena a cumplir, sujeta al cumplimiento de algunas condiciones puntuales: durante dos años no se podrá acercar ni tomar contacto de ningún tipo con la menor; no podrá reiterar hechos delictivos y tendrá que acercarse a la comisaría periódicamente para establecer su paradero.
El hecho se produjo en Fernández Oro, donde el acusado es pastor de una iglesia evangélica. Esta persona, a la que no se identificará para preservar a la víctima, cometió diversos actos contra la integridad sexual de la niña. La niña contó esos actos de tocamiento a un familiar, y se realizó la denuncia.
La familia de la víctima aceptó los términos del acuerdo y de la condena. En cambio, la decisión no cayó nada bien entre las organizaciones feministas de la región. Desde el colectivo Juanas Sororas se destacó que “a este pedófilo abusador le dieron” seis meses “pero libre entre nosotrxs. Cuidado gente: pastor abusador suelto” en la zona de “María Elvira, Fernández oro y alrededores. Alerta”.
El juicio abreviado es una modalidad procesal en el que se busca llegar a una condena sin pasar por el proceso de un juicio oral, que puede revictimizar a los que sufrieron las consecuencias del accionar delictivo. En este caso, se requiere de una confesión y aceptación de la culpabilidad por parte del imputado; y del acuerdo de la parte acusatoria.
En este caso, la justicia penal estimó que una pena de seis meses de prisión condicional era la adecuada según las características del hecho, sumado a la aceptación de la responsabilidad penal que realizó el imputado.
Fuente: Cipo360.
Foto ilustrativa.