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25 de Diciembre de 2025
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ANSES oficializó los aumentos para jubilaciones y asignaciones desde enero de 2026

Los nuevos montos alcanzan a jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales, con subas definidas por la movilidad previsional y la inflación medida por el INDEC. También se confirmó la continuidad del bono extraordinario.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó los incrementos que comenzarán a regir en enero de 2026 para distintos sectores del sistema previsional y de asignaciones familiares. Las actualizaciones responden a la movilidad previsional vigente y a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido recientemente por el INDEC.

 


Los ajustes alcanzan a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), así como a quienes perciben la Prestación Básica Universal (PBU), la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las asignaciones familiares.

 


Mediante la resolución 380/2025, el organismo estableció que el haber mínimo garantizado pasará a ser de $349.299,32, mientras que el haber máximo se fijó en $2.350.453,70. A su vez, las bases imponibles para el cálculo de aportes previsionales quedaron determinadas en $117.643,93 como mínimo y $3.823.372,95 como máximo. Estos valores se definieron en función del último índice inflacionario publicado.

 


La normativa también contempla la actualización de las remuneraciones de quienes cesen su actividad laboral a partir del 31 de diciembre de 2025, así como de aquellos afiliados que continúen trabajando bajo el régimen de compatibilidad previsto en la Ley 24.241 y soliciten su jubilación desde el 1° de enero de 2026.

 


En cuanto a las prestaciones sociales, ANSES informó que desde enero la PBU ascenderá a $159.788,50, mientras que la PUAM se ubicará en $279.439,46. Ambos beneficios se ajustan con el mismo índice de movilidad que rige para el SIPA, con el objetivo de preservar el poder adquisitivo frente a la inflación.

 


Además, continuará el bono previsional extraordinario de $70.000, dispuesto por el decreto 918/2025. Este refuerzo será percibido por quienes cobren un monto igual o inferior al haber mínimo. En los casos en que los haberes superen ese piso, se otorgará un complemento hasta alcanzar el tope del haber mínimo más el bono. El adicional se pagará por titular, incluso en pensiones compartidas, y tendrá carácter no remunerativo, sin descuentos ni impacto en otros conceptos.

 

 

R.G.

 

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