La pareja de Walter Ayilef Millapan fue detenida y llevada a una audiencia de formalización de la investigación por el delito de homicidio doblemente agravado, por el vínculo de pareja y por haberlo realizado con alevosía. A pedido de la Fiscalía, la imputada quedará en prisión preventiva durante el plazo de seis meses en el Instituto Penitenciario Provincial.
El trágico episodio tuvo lugar el pasado 10 de julio de 2026, en un lapso estimado entre las 03:00 y las 04:00 de la madrugada, en una vivienda del Barrio Suelco. El fiscal Ezequiel Forti y el funcionario Julián Forti expusieron que, tras recibir una alerta, el personal policial arribó al inmueble, donde fue recibido por la mujer que residía allí, quien afirmó inicialmente que su pareja se había autolesionado. Sin embargo, al ingresar a la planta baja de la vivienda, las autoridades hallaron a Nelson Walter Ayilef Millapan con muy bajos signos vitales y con una fuerte hemorragia por un corte en el cuello, sentado inmóvil en una silla. Al llegar la ambulancia, el personal de salud confirmó el deceso.
A pesar de los intentos de la mujer por desviar la atención de los investigadores bajo la teoría de un presunto suicidio, el Ministerio Público Fiscal desarticuló su versión con el análisis de las evidencias colectadas en la escena. Entre los elementos más contundentes que descartan la autolesión se encuentra el hallazgo del arma empleada a quince metros de donde estaba Millapan, sin rastros de arrastre de la víctima. Por otro lado, la víctima poseía una severa limitación motriz en su brazo derecho producto de una afección cervical previa, lo que tornaba físicamente imposible que, siendo diestro, pudiera infligirse semejante herida en el sector posterior derecho de su propio cuello.
La reconstrucción del entorno expuso un escenario de extrema vulnerabilidad. Nelson Walter Ayilef Millapan era un jubilado rural de 68 años de edad, de contextura física pequeña y descrito de forma unánime por sus allegados como una persona sumisa, pacífica y ajena a cualquier comportamiento violento. El hombre padecía problemas de alcoholismo y severas dificultades para trasladarse, condiciones de las que la imputada se habría aprovechado reiteradamente. Personas entrevistadas por los investigadores confirmaron que la mujer ejercía maltrato físico constante sobre él y que ella solía retener sus documentos de identidad y disponer de sus haberes jubilatorios. Además, vecinos de la zona indicaron que la mujer tenía antecedentes de conductas agresivas en el vecindario y procesos previos ante los tribunales.
El comportamiento de la acusada durante las horas posteriores al crimen terminó por consolidar las sospechas en su contra. De acuerdo con las declaraciones de los investigadores y de personas que transitaban por la vía pública, tras el ataque la mujer se mostró completamente distante, reticente a colaborar e incluso se negó a proveer toallas u otros elementos de auxilio mientras el hombre se desangraba.
El juez ratificó la legalidad de la detención y dispuso el traslado de la acusada al Instituto Penitenciario Provincial para cumplir la medida de coerción por el lapso solicitado por la Fiscalía. El magistrado fundamentó la necesidad de aplicar la prisión preventiva basándose en el evidente peligro de fuga, sustentado en la altísima pena en expectativa de prisión perpetua y en la baja predisposición de la imputada a acatar las órdenes judiciales debido a incumplimientos anteriores de arrestos domiciliarios. Del mismo modo, se dio por acreditado el peligro de entorpecimiento de la investigación, considerando las maniobras iniciales tendientes a ocultar el arma homicida y el riesgo latente de que la sospechosa pudiera ejercer influencia o amedrentar a los testigos del barrio que aún deben brindar declaración en el proceso.
EBW