29 de Enero de 2020
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El IPV informó que los trámites deben realizarse personalmente y no tiene gestores habilitados

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Mediante un comunicado de prensa, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU) informa a todos aquellos inscriptos en su Registro Permanente de Postulantes de Vivienda, que “el organismo no percibe suma alguna en concepto de terrenos o cuotas de amortización de vivienda en forma previa a la entrega de las llaves de las unidades habitacionales financiadas”.

 

“El organismo no cuenta con gestores o apoderados habilitados para actuar en su nombre con el objeto de facilitar el acceso a soluciones habitacionales, debiendo todos los trámites realizarse indefectiblemente en forma personal en su sede central o en las distintas delegaciones y oficinas”, afirman el IPVyDU en el comunicado de prensa.

 

Asimismo, recuerda que “las viviendas adjudicadas sólo podrán ser transferidas a otros grupos familiares previa cancelación del crédito hipotecario respectivo; que los trámites de permuta de viviendas ejecutadas a través del IPVyDU, sólo serán autorizados a partir de los diez (10) años de adjudicación como mínimo de cada vivienda”. En este sentido, para todos los trámites mencionados se requiere autorización previa del organismo provincial, y deben realizarse indefectiblemente en cualquiera de sus sedes u oficinas.

 

“Actualmente, y en el marco del Decreto 178/18, se dictó la Resolución Nº104/20-IPVyDU que establece un régimen especial de refinanciación para deudas por amortización de viviendas al 31/03/2020. En tal marco se prevé el inicio de acciones judiciales vinculadas a la mora en el pago de cuotas de amortización, para lo cual se propiciará traba de embargo sobre bienes y/o haberes”, continúa el comunicado de prensa.  

 

Para conocer toda la información necesaria vinculada al funcionamiento y trámites ante el IPVyDU, l   os interesados pueden ingresar en la página www.ipvydu.gob.ar.

 

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