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Luego del anuncio del Gobierno, ¿a quiénes alcanza la doble indemnización?

Nación aclaró hoy que el beneficio no alcanza a los trabajadores estatales. El abogado Osvaldo González Salinas señaló que por naturaleza el trabajo privado y el público tienen legislaciones diferentes.

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Hoy el Gobierno nacional aclaró en el Boletín Oficial que la doble indemnización no alcanza a empleados públicos. Esto comprende puntualmente a aquellos trabajadores de organismos dependientes de Nación.

 

"El decreto del 13 de diciembre pasado establecía una doble indemnización para los despidos sin causa a nivel nacional. Se entendía pero no estaba especificado que no es aplicable al empleo público", explicó consultado por Red43 el abogado Osvaldo González Salinas. De esta forma "la doble indemnización se aplica para todo empleado en relación de dependencia de la actividad privada".

 

En este sentido, el letrado remarcó que suele haber confusiones pero el trabajo estatal y privado siempre se manejan por legislaciones diferentes. "Leyes que se conocen como la Ley de Contrato de Trabajo son aplicables a la actividad privada, la actividad pública se llama empleo público, tiene un nombre distinto para diferenciarlo, no es en relación de dependencia como en el caso de los privados".

 

"La Nación tiene sus leyes, cada provincia tiene las suyas y cada una tiene su reglamentación respecto del empleo estatal. Hay muchas disposiciones que aplican al empleo privado y no al público como la fecha de pago de sueldos, el aguinaldo o las vacaciones".

 

En cuanto a lo mencionado por la normativa, que rige hasta finales de junio, en relación a que deben ser despidos sin causa, González Salinas explicó que si hay algún motivo "la ley es muy estricta: se debe justificar y comprobar". "Si hay inconductas, salvo que sean graves, tiene que primero haber una serie de sanciones antes de llegar al despido y tienen que estar registradas en el legajo del trabajador", detalló.

 

Cabe señalar que los empleados comprendidos por la doble indemnización son aquellos que se desempeñan en empresas privadas e ingresaron antes de la fecha del primer decreto: 13 de diciembre de 2019. 

 

La explicación de González Salinas:

 

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